En una reciente sentencia, el Tribunal Supremo ha determinado que el reconocimiento en rueda, es una diligencia esencial pero no inexcusable. Es un medio de identificación no exclusivo ni excluyente, y recuerda que la jurisprudencia de la sala ha aceptado la validez de procedimientos de identificación que, por razón de las singulares circunstancias en que se […]