En el ámbito subjetivo del contrato sólo caben las partes del mismo, y de él se excluye a los terceros, como el perjudicado por el siniestro, cuya defensa jurídica es ajena al seguro. – Artículo 74.2 LCS. Alcance: defensa jurídica del asegurado frente a la reclamación del perjudicado, en atención al seguro de responsabilidad civil. […]