Se han acreditado indicios suficientes y razonables, no desvirtuados por la demandada, de que la falta de aprobación de la solicitud de ingreso del recurrente en S. constituye una conducta antisindical contraria al art. 28.1 CE, en tanto en cuanto habría tenido por único motivo su concreta afiliación sindical, circunstancia esta última que se habría […]