De la aplicación conjunta de los artículos. 17, 20.2 aps. c) a «, 36, 87, 88, 115, 122.1 y 131 del Texto Refundido de la Ley de propiedad intelectual cabe deducir que la retransmisión por cable por una determinada entidad de programas emitidos o transmitidos por un ente distinto precisa, además de la autorización […]