Se cuestiona la legalidad del artículo. 3.3 RD 1281/2002 de 5 Dic. (Estatuto general de los Procuradores de los tribunales) que atribuye a los procuradores la defensa del cliente, cuando no esté reservada por ley a otras profesiones. Ha de recordarse que conforme al artículo 438 LOPJ corresponde exclusivamente a los procuradores la representación […]