La adopción de los mayores de edad viene recogida en el artículo 175.2 del Código Civil, tiene un carácter excepcional y su fin último es la integración familiar con dicha figura jurídica de quienes más lo necesitan. Dado su carácter excepcional los requisitos que recoge el referido artículo merecen una interpretación restrictiva, y cumplidos dichos […]