El Supremo ratifica la sentencia de la Audiencia la cual razona que la privación total de la patria potestad «es una medida excepcional», protectora del interés del menor pese a su aparente carácter sancionador, cuya aplicación requiere de la «plena e indubitada» constatación de una inobservancia «grave y continuada» de los deberes inherentes a la […]