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Economía

Acuerdo histórico en la OCDE sobre fiscalidad global de las multinacionales

Beatriz de la Rosa Navascués

Economista. Administradora Concursal. Asesora Fiscal. Inscrita en la Confederación Fiscal Europea.




Tiempo de lectura: 5 min



Economía

Acuerdo histórico en la OCDE sobre fiscalidad global de las multinacionales



130 países, que representan más del 90% del PIB mundial, han alcanzado un histórico acuerdo para actualizar la normativa fiscal internacional. Aunque 9 de los 139 países que forman el marco inclusivo de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) no suscribieron el acuerdo, se ha fijado octubre de 2021 como fecha límite para finalizar el trabajo técnico, plan de implementación incluido.

«El acuerdo prevé que estas nuevas reglas entren en vigor en 2023»

El objetivo de las medidas aprobadas es asegurar que las multinacionales paguen impuestos allí donde operan y obtienen beneficio, además de aportar la tan necesitada certeza y estabilidad al sistema tributario internacional, especialmente en un momento en el que los gobiernos necesitan movilizar todos sus recursos fiscales para afrontar la recuperación post-COVID.



¿Por qué es tan importante este acuerdo?

Las normas fiscales tradicionales han quedado obsoletas por la rápida digitalización de la economía y la aparición de nuevos modelos de negocio.

La eliminación de barreras físicas permite a las empresas acceder a mercados remotos, siendo posible adquirir productos y servicios desde cualquier lugar a través de los dispositivos de los clientes. En una misma operación pueden intervenir, por tanto, varios Estados con distintas normativas internas, planteando dudas sobre la potestad tributaria para someter a gravamen las rentas generadas en estas actividades transfronterizas.



Estas lagunas fiscales son aprovechadas por grupos multinacionales para realizar planificaciones fiscales agresivas, eludiendo artificiosamente la presencia en un determinado país para trasladar sus beneficios a jurisdicciones de baja o nula tributación, produciéndose un desajuste entre el lugar donde se genera el beneficio y el lugar donde este tributa; prácticas que causan distorsiones en la competencia al perjudicar a empresas que solo operan a nivel nacional o que no realizan planificaciones agresivas y tienen que soportar, por tanto, mayor carga impositiva.



«La implantación de estas medidas aportará estabilidad al sistema tributario internacional, aumentando la seguridad jurídica y fiscal tanto para contribuyentes como para administraciones» (Foto: Economist & Jurist)

Por otro lado, las distintas jurisdicciones ven mermadas su capacidad recaudatoria. La Unión Europea estima que las empresas con negocios digitales pagan un tipo impositivo medio efectivo del 9,5% frente al tipo medio del 23,2 % al que tributan las empresas con modelos de negocio tradicionales.

«Estas lagunas fiscales son aprovechadas por grupos multinacionales para realizar planificaciones fiscales agresivas»

Esta obsolescencia fiscal ha llevado tanto a responsables políticos como a las principales organizaciones internacionales a estudiar y diseñar propuestas que permitan alcanzar una solución global, única y consensuada que grave adecuadamente la renta generada por los nuevos modelos de negocio y aseguren una fiscalidad justa y efectiva.

Sin embargo, la compleja naturaleza del problema unida al gran número de aspectos que necesitan ser revisados, dificultan conseguir este consenso internacional.

Tanto la OCDE como la Unión Europea trabajan apremiadas por la necesidad de alcanzar una rápida pero definitiva solución, ante el riesgo de que los Estados, al ver disminuidos sus ingresos fiscales, adopten medidas nacionales que distorsionarían la competencia y crearían inseguridad jurídica, además de nuevas lagunas fiscales.

De hecho, este riesgo de fragmentación del mercado llevó a la Comisión Europea a publicar en marzo de 2018 su propuesta de un nuevo impuesto sobre determinados servicios digitales, medida que a pesar de no contar con el respaldo de todos los Estados miembros ha sido adoptada de forma unilateral por varios países, entre ellos España.

Los esfuerzos de la OCDE

La OCDE lleva tiempo luchando contra la evasión fiscal, el secreto bancario y los paraísos fiscales, así como contra las planificaciones fiscales agresivas que realizan los grandes grupos multinacionales. La colaboración iniciada con los países del G20 tras la crisis financiera de 2008, ha obtenido resultados como las recomendaciones sobre Precios de Transferencia en operaciones vinculadas, la revisión de convenios fiscales para evitar el “treaty shopping” o su uso abusivo para canalizar inversiones y conseguir beneficiarse de los tipos de gravamen reducidos, o las Directrices Internacionales sobre IVA publicadas en 2017, concebidas como una guía que sirviera a los distintos Estados para adaptar sus normativas internas a las operaciones transfronterizas.

«La OCDE lleva tiempo luchando contra la evasión fiscal, el secreto bancario y los paraísos fiscales»

Pero son los desafíos fiscales originados por la digitalización de la economía lo que constituyen una de las principales preocupaciones de la OCDE.  En 2015 publicó juntamente con el G20, el Plan de acción para la lucha contra la Erosión de Bases Imponibles y Traslado de Beneficios (BEPS por sus siglas en inglés). Este informe, que planteaba la primera renovación sustancial de la fiscalidad a nivel mundial en casi un siglo, estableció un calendario de trabajo, fruto del cual es la Propuesta de dos bloques o pilares de medidas que afectan a la imposición directa:

  • Pilar 1, cuyo objetivo es asegurar, respecto a las grandes compañías multinacionales, gigantes digitales incluidos, una distribución más justa de beneficios y derechos de imposición entre jurisdicciones, conteniendo propuestas para revisar las normas de atribución de beneficios y crear un nuevo nexo basado en la cifra de negocios en vez de en la presencia física.
  • Pilar 2, que desarrolla medidas dirigidas a evitar la erosión de las bases y el traslado de beneficios a territorios de baja o nula tributación, asegurando un tipo mínimo efectivo de tributación y poniendo límites a la competencia en el impuesto que grava los beneficios de las empresas.

¿En qué consisten las medidas acordadas?

El acuerdo incluye un bloque de medidas que afecta a los dos pilares:

  • Pilar 1: Nuevo derecho de imposición a las jurisdicciones en las que una empresa obtenga cierto nivel de ingresos.

La medida afectará a las compañías (excluyendo empresas extractivas y de servicios financieros regulados) que facturen más de 20.000 millones de euros y tengan una rentabilidad, entendida como el porcentaje entre beneficio antes de impuestos e ingresos, del 10%. Los países en los que estos grupos obtengan ingresos superiores a 1.000.000 euros tendrán derecho de imposición. En pequeñas jurisdicciones (aquellas con un PIB menor a 40.000 millones de euros), el umbral de facturación será de 250.000 euros. Este derecho de imposición se cuantificará entre el 20% y el 30% del beneficio resultante una vez asignado el 10% de rentabilidad al país de residencia. El acuerdo incluye mecanismos para evitar la doble imposición.

  • Pilar 2: Tipo de imposición mínimo del 15%

Esta medida alcanzará a las empresas transnacionales con una facturación global igual o superior a 750 millones de euros, a las que se aplicará un tipo impositivo mínimo del 15% en las jurisdicciones adheridas al acuerdo, aunque el tipo definitivo queda pendiente de concretar.

«Tanto la OCDE como la Unión Europea trabajan apremiadas por la necesidad de alcanzar una rápida pero definitiva solución». (Foto: Economía3)

«Aumentando la seguridad jurídica y fiscal tanto para contribuyentes como para administraciones»

A través del Pilar 1, la OCDE espera redistribuir entre distintas jurisdicciones, derechos de imposición de más de 100.000 millones de dólares (unos 84.200 millones de euros). En cuanto al Pilar 2, la OCDE estima que con esta medida se recaudaran 150.000 millones de dólares (unos 126.400 millones de euros) adicionales cada año.

Además, la implantación de estas medidas aportará estabilidad al sistema tributario internacional, aumentando la seguridad jurídica y fiscal tanto para contribuyentes como para administraciones.

El acuerdo prevé que estas nuevas reglas entren en vigor en 2023.

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