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2020 será un año de cambio sobre legislación tributaria

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2020 será un año de cambio sobre legislación tributaria



Aguardamos el año venidero 2020 con posibles cambios fiscales. Las futuribles mayorías en el Parlamento español para poder aprobar leyes tributarias están todavía por definir, si bien los pactos explorados entre grupos políticos capaces de sustentar una mayoría recrean un escenario de subida de impuestos sobre las rentas del capital, tanto para personas físicas como sociedades.

Por ejemplo, se espera que en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas la base del ahorro (en la cual se integran los rendimientos por intereses, dividendos o las ganancias en la venta de activos) deje de tributar a un tipo máximo del 23%, quizá para subir hasta un 27%. Ello incentivaría que muchas empresas familiares se animen ahora a repartir dividendo a sus socios procedentes de beneficios acumulados (y no reinvertidos) en el pasado.



A su vez, la posibilidad de que se instaure un gravamen mínimo en la percepción de dividendos por una sociedad (de manera que del típico beneficio del artículo 21 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades pudiera ver sensiblemente reducido su efecto, pasando de exención plena a exención del 95%), está llevando a muchas filiales –nacionales o extranjeras– a acordar (incluso en el mismo año 2019, de ser posible) un dividendo a favor de su sociedad matriz.

Sea como fuere, convendrá analizar al detalle cada caso concreto, considerando los “timings” (así como eventuales efectos retroactivos de las medidas fiscales que puedan resultar aplicables) y los períodos de ejecución que puedan ser precisos.



Sin duda, estas medidas fiscales, que por supuesto tendrán un contundente efecto sobre la capacidad de gasto y ahorro en la sociedad civil, también redundarán en nuestro gremio, donde juristas expertos en materia fiscal habrán de estudiar los cambios legislativos y readaptar su praxis al engranaje de la nueva maquinaria fiscal del Estado.



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