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El 63,6% de los juristas cree que algunos de los preceptos del decreto que reguló el primer estado de alarma eran inconstitucionales

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El 63,6% de los juristas cree que algunos de los preceptos del decreto que reguló el primer estado de alarma eran inconstitucionales



A finales del pasado mes de julio, el Pleno del Tribunal Constitucional declaró, por seis votos a cinco, inconstitucionales y nulos varios apartados del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Como ya es sabido, la sentencia, cuyo ponente ha sido el Magistrado Pedro González-Trevijano, no se detiene a analizar la necesidad de adopción de las medidas excepcionales acordadas para hacer frente a la extraordinaria crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, sino que lo que cuestiona es el instrumento jurídico utilizado para ello, por considerar que algunas de aquellas medidas, en cuanto implican la suspensión de derechos fundamentales, no encuentran cobertura constitucional en el estado de alarma declarado, y habrían justificado la declaración del estado de excepción.



Portada del artículo titulado “¿Inconstitucionalidad en el primer estado de alarma? Queremos conocer tu opinión” publicado el 02/08/2021. (Foto: Economist & Jurist)



Consecuencia de lo anterior, conocedores de la trascendencia y repercusión social que ha dejado el fallo, Economist & Jurist invitó a sus lectores a participar en una encuesta para conocer de primera mano cómo valoran la sentencia y qué evaluación general hacen del máximo tribunal de garantías de nuestro país.

Datos de interés

Antes de proceder a desvelar los resultados de las tres primeras preguntas de la encuesta realizada, resulta oportuno citar que, aunque 633 personas iniciaron la contestación de la misma, solo 484 personas respondieron adecuadamente los 10 interrogantes allí planteados, es decir, el 76,5% completó satisfactoriamente la encuesta de referencia.



El tiempo medio para completar el repetido cuestionario ha sido de 1 minuto y 10 segundos.

Por último, en relación al dispositivo digital utilizado para responder a los interrogantes planteados, 223 optaron por el ordenador habitual, 254 usuarios eligieron al casi inseparable dispositivo móvil o smarthone y solo 7 por la Tablet.

Mayoría jurista

Como era de esperar, de los 484 participantes en la encuesta de referencia, 357 respondieron afirmativamente a la primera pregunta: ¿Es usted jurista?

“El 74,8% de los encuestados es jurista”

Por tanto, como dato revelador, el 74,8% de los encuestados en la presente encuesta realizada por E&J se describe como una persona que se dedica al estudio del Derecho o lo ejerce como profesión. Es decir, solo 120 personas de las que respondieron (25,2% restante), son ajenas al mundo del Derecho.

El 63,6% cree que algún precepto era inconstitucional

El segundo interrogante planteado fue el siguiente: ¿Cree que algunos de los preceptos del decreto que regularon el estado de alarma fueron inconstitucionales?

“El 36,4% de los encuestados no cree que algunos de los preceptos del decreto que regularon el estado de alarma fueron inconstitucionales”

Pues bien, coincidiendo con el fallo del Tribunal Constitucional, el 63,6% de los encuestados se posicionó a favor de la declaración como inconstitucionales y nulos de algunos de los preceptos del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaraba el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

En cambio, a juicio de 173 personas encuestadas (36,3%), la mencionada normativa, en ningún caso, debería considerarse como inconstitucional.

El 59,1% coincide con la sentencia

Por último, desvelaremos en las siguientes líneas qué porcentaje de los encuestados está de acuerdo con la repetida sentencia del Tribunal Constitucional.

Pues bien, de los 484 encuestados, 282 (59,1%) se posiciona en la postura mantenida por los magistrados Encarnación Roca Trías, Santiago Martínez-Vares García, Pedro José González-Trevijano Sánchez (ponente), Antonio Narváez Rodríguez, Alfredo Montoya Melgar y Ricardo Enríquez Sancho. Como es sabido, estos seis magistrados argumentan que las medidas adoptadas por el Gobierno mediante el reiterado Real Decreto de 14 de marzo excedían del alcance que al estado de alarma reconocen la propia Constitución y la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio.

Portada del artículo titulado “Análisis del voto particular del magistrado Xiol Ríos” publicado el 26/07/2021. (Foto: Economist & Jurist)

En cambio, el 36,4% de los encuestados se orientan en la postura liderada por Juan José González Rivas (presidente), Andrés Ollero Tassara, Juan Antonio Xiol Ríos, Cándido Conde-Pumpido Tourón y María Luisa Balaguer Callejón que, aunque con ciertos matices, todos coincidían en que el veredicto final del Tribunal Constitucional se basó en una “interpretación incompleta” de la ley.

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