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El Abogado General de la Unión Europea promueve la necesidad de proteger los espacios declarados Patrimonio de la Humanidad

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea tendrá que aclarar si es necesario evaluar el impacto ambiental de un proyecto urbanístico de dimensiones reducidas que pretende llevarse a cabo en un lugar con significación histórica, cultural o arqueológica

El Tribunal General de la UE desestima los recursos de la empresa Levantur.(Foto: TJUE)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 3 min



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El Abogado General de la Unión Europea promueve la necesidad de proteger los espacios declarados Patrimonio de la Humanidad

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea tendrá que aclarar si es necesario evaluar el impacto ambiental de un proyecto urbanístico de dimensiones reducidas que pretende llevarse a cabo en un lugar con significación histórica, cultural o arqueológica

El Tribunal General de la UE desestima los recursos de la empresa Levantur.(Foto: TJUE)



El proyecto de construcción de un rascacielos que pretende llevar a cabo una empresa privada en el centro histórico de Viena ha suscitado controversia por el impacto que tendría en un espacio declarado Patrimonio de la Humanidad de la Unesco ya que, el plan no supera los umbrales establecidos por la legislación austriaca y, por lo tanto, no sería necesario realizar dicha evaluación.

La ley austriaca no establece ningún umbral o criterio en cuanto a la localización o la naturaleza de los proyectos urbanísticos que genere la obligación de llevar a cabo una evaluación de impacto ambiental, ni tampoco contempla un estudio individualizado de la necesidad de llevar a cabo dicha evaluación.



Sin embargo, el Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo de Viena alberga dudas acerca de la compatibilidad de esta legislación con el Derecho de la Unión y por ello, decidió suspender el procedimiento y plantear al TJUE una serie de cuestiones prejudiciales sobre la interpretación de la Directiva 2011/92 en cuanto a la evaluación del impacto que pueden tener ciertos proyectos urbanísticos sobre el medio ambiente, en concreto, sobre el que pretende llevar a cabo en el centro histórico de Viena.

Ayuntamiento de Viena (Foto: Gryffindor)



Una construcción con posible impacto ambiental

Una empresa privada pretende llevar a cabo un proyecto de construcción en el centro histórico de Viena (Austria), una ubicación que está incluida en el Patrimonio de la Humanidad de la UNESCO. El plan no alcanza los umbrales establecidos por la legislación austriaca y por tanto no es exigible la realización de una evaluación de impacto ambiental.



Para el procedimiento de este proyecto la empresa tiene pensado demoler el actual Hotel InterContinental que hay en ese espacio para sustituirlo por una serie de edificios nuevos, entre ellos un rascacielos de 19 pisos destinado a albergar un hotel, locales comerciales, salones de actos, viviendas, oficinas y, en sus sótanos, una pista de hielo, un polideportivo, una piscina y un aparcamiento.

El proyecto, pese a no superar los umbrales establecidos por la Directiva 2011/92, ha suscitado cierta controversia a causa de su proximidad al centro de Viena y del impacto que supuestamente tendrá sobre la silueta de la ciudad la elevada altura del rascacielos que se prevé construir.

Con la petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo de Viena se pretende aclarar si un Estado miembro que ha optado por disponer que, la necesidad de efectuar una evaluación del impacto ambiental de los proyectos se determine con arreglo a umbrales o criterios por él mismo establecido, puede estar obligado a determinar tal necesidad mediante un estudio individualizado cuando el proyecto, pese a no cumplir los umbrales o criterios establecidos, pueda tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

«El Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo de Viena alberga dudas acerca de la compatibilidad de la legislación austriaca con el Derecho de la Unión» (Foto: Archivo)

Conclusiones del Abogado General

El Abogado General de la Unión Europea, Anthony Michael Collins, ha defendido que es necesario hacer una evaluación de impacto ambiental cuando un proyecto urbanístico, como el que ocupa este caso, está situado en un lugar que forma parte del Patrimonio de la Humanidad de la UNESCO.

Por ello propone que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declare una serie de arreglos en cuanto a la directiva vigente ya que, la directiva europea se opone a la norma nacional, la cual fija que los proyectos urbanísticos solo deben someterse a una evaluación de impacto ambiental si ocupan al menos 15 hectáreas y tienen una superficie construida bruta superior a 150.000 metros cuadrados.

Por lo que, el examen sobre impacto ambiental debe tener en cuenta los proyectos urbanísticos localizados en lugares con significación histórica, cultural o arqueológica con el fin de promover la necesidad de proteger dichos espacios.

El Abogado General también ha señalado que es responsabilidad y obligación de las autoridades del Estado miembro que se evalúe el impacto de los proyectos que puedan tener efectos significativos en el medio ambiente en virtud de su naturaleza, dimensiones o localización, incluso cuando son proyectos de dimensiones reducidas porque aun así puede tener un impacto considerable en el medio ambiente si está situado en un lugar en el que los factores medioambientales son sensibles a la más mínima modificación.

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