El Supremo respalda la potestad de los decanos de los Colegios de abogados de velar por la salud e intereses de sus colegiados
El Alto Tribunal ha respaldado la actuación del exdecano del ICA Málaga durante la pandemia, que priorizó la seguridad de los abogados del Turno de Oficio
(Imagen: E&J)
El Supremo respalda la potestad de los decanos de los Colegios de abogados de velar por la salud e intereses de sus colegiados
El Alto Tribunal ha respaldado la actuación del exdecano del ICA Málaga durante la pandemia, que priorizó la seguridad de los abogados del Turno de Oficio
(Imagen: E&J)
El fallo del Tribunal Supremo absolviendo Francisco Javier Lara, exdecano del Ilustre Colegio de la Abogacía (ICA) de Málaga, del delito de desobediencia grave a la autoridad por el que había sido condenado, constituye un respaldo al papel que tienen los Colegios de Abogados para proteger y defender los intereses y seguridad de sus colegiados.
La Sala de lo Penal del Alto Tribunal decidió anular la condena que el juzgado de lo Penal n.º 15 de Málaga impuso a Lara —consistente en una multa económica por el delito citado— la decisión que tomó el entonces decano del ICA de Málaga el día 6 de mayo de 2020, cuando en plena pandemia decidió no enviar a varios abogados del Turno de Oficio a los calabozos sin las medidas de seguridad que consideraba imprescindibles.
El Juzgado calificó los hechos como constitutivos de un delito de desobediencia grave a la autoridad al no haber querido atender el decano a un requerimiento judicial. La Audiencia Provincial ratificó la condena, no obstante, seis años después, el Tribunal Supremo ha dado la razón al decano y le ha absuelto, al concluir que aquella actuación “no constituyó un delito de desobediencia grave, sino una discrepancia razonable sobre la forma de prestar un servicio público en un contexto de absoluta excepcionalidad”.
El decano tenía la responsabilidad de evitar situaciones de riesgo sanitario para los colegiados
Los magistrados consideran que Francisco Javier Lara no tuvo la voluntad de desobedecer el requerimiento judicial, sino que, de buena fe, discrepó sobre la forma de organizar el servicio público en un contexto en el que existía una extraordinaria incertidumbre sanitaria.
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“Los datos obrantes en la causa resultan compatibles con que su actuación obedeciera al propósito de velar por la protección sanitaria de los colegiados a quienes representaba”, señala el Tribunal.

Francisco Javier Lara Peláez, exdecano del Colegio de la Abogacía de Málaga. (Imagen: Abogacía Española)
Desde la Abogacía Española consideran que la resolución del Alto Tribunal fortalece el papel de los Colegios como garantes de la profesión, del derecho de defensa y del correcto funcionamiento de la Justicia Gratuita.
“Prefería sentarme en el banquillo antes que mandar a mis compañeros al matadero” —ha señalado Francisco Javier Lara en declaraciones para la Abogacía tras conocer la sentencia—. “Como decano tenía una obligación: proteger a mis compañeros. Nadie estaba velando por ellos y nosotros sí lo hicimos. Volvería a tomar exactamente la misma decisión porque nuestra prioridad era preservar la vida y la salud de los abogados sin dejar de garantizar el derecho de defensa”.
El exdecano también ha calificado este fallo judicial como “de sentido común”, aunque lamenta que haya tardado 6 años en dictarse. “Siempre confié plenamente en el Tribunal Supremo y me parece especialmente importante que el fallo haya sido unánime. Nunca dejamos de querer prestar el servicio, lo que defendíamos era hacerlo de la forma más segura posible para los abogados y para sus familias”.
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