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Derecho Administrativo

Las restricciones de acceso a los juzgados carecen de amparo normativo

El TSJ de Madrid ha acordado que los profesionales del Derecho están suprimidos de las medidas administrativas y procesales adoptadas para hacer frente al Covid-19

(foto: imágenes tomadas por profesionales del Derecho/ ICAM)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 2 min



Derecho Administrativo

Las restricciones de acceso a los juzgados carecen de amparo normativo

El TSJ de Madrid ha acordado que los profesionales del Derecho están suprimidos de las medidas administrativas y procesales adoptadas para hacer frente al Covid-19

(foto: imágenes tomadas por profesionales del Derecho/ ICAM)



El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dictaminado que, las restricciones impuestas en las entradas y salidas de las dependencias de los órganos judiciales no tienen amparo normativo. El acuerdo ha llegado como resultado de numerosas solicitudes y conversaciones entre el decano del Colegio, José María Alonso, y el departamento de Defensa de la Abogacía del ICAM con el Alto Tribunal madrileño.



Las limitaciones de acceso impuestas por medidas sanitarias a los letrados y procuradores desde el inicio de la pandemia les impedían desarrollar su profesión con normalidad y de forma digna cuando acudían diariamente a las oficinas judiciales para realizar trámites, solicitar información o tomas vistas de las actuaciones. Pero esas restricciones carecen ya de amparo reglamentario.

El presidente del TSJM, Celso Rodríguez Padrón, acordó en una sesión celebrada el pasado mes de julio que, ni se contemplaba en el artículo 18 de la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al Covid-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, ni tampoco figura ya en la Tercera Actualización de la Guía de Buenas prácticas y adopción de medidas de Salud Profesional aprobada por Acuerdo de 12 de agosto de 2021, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, ya que se suprimió la mención a los profesionales en el apartado VIII-4.



Sede del ICAM. (Foto: El Confidencial Digital)



Acceso denegado a profesionales y ciudadanos

Los hechos fueron denunciados por numerosos trabajadores a través de las redes sociales, adjuntando imágenes de la situación. En ellas se podía observar cómo el acceso al interior de la oficina judicial estaba limitado con objetos que servían de barricadas o barreras físicas para impedir el paso a ciertas salas o los pasillos, o puertas adornadas con carteles que indicaban la prohibición de acceder.

Gracias a las quejas trasladadas por los profesionales de este ámbito al Departamento de Defensa de la Abogacía y al Colegio, sobre la situación que se estaba viviendo en los Juzgados, han podido llevar a cabo acciones que terminasen con esas actuaciones que peligraban la dignidad de la profesión y el ejercicio del derecho de defensa.

En la nota informativa que el Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) ha publicado respecto a la resolución tomada por el TSJM, menciona la celebración del decano de esta institución: “Ha sido una cuestión que nos preocupaba enormemente en tanto que se estaba impidiendo a los profesionales de la abogacía realizar su labor de forma digna cuando acudían diariamente a las oficinas judiciales”.

«el acceso al interior de la oficina judicial estaba limitado con objetos que servían de barricadas» (Foto: Imágenes tomadas por profesionales del sector jurídico y compartidas en redes sociales/ ICAM)

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