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Se ha aplicado la prisión permanente en el 58,8% de los casos planteados

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Se ha aplicado la prisión permanente en el 58,8% de los casos planteados



La figura de la prisión permanente revisable fue introducida en el Código Penal tras su reforma en 2015, y se ha aplicada por los tribunales en un 58,8%, esto supone diez de los diecisiete casos en los que se habían solicitada.

De las diez sentencias, de acuerdo con los datos recogidos por el Servicio de Estadística del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) con fecha de 31 de julio de 2019: en 2017 se dictó una, en 2018 cuatro y las cinco siguientes a principios de este año.



En todos los casos enjuiciados, se apreció por parte del tribunal la existencia de la llamada alevosía en la comisión del delito y en la que se aplicó la agravante de parentesco entre el condenado y la víctima. En los que, existió dos casos con agravante de género y en cinco casos, se incluyó otro delito en la condena (cuatro casos en el que se incluyó el delito de agresión o abuso sexual).

De acuerdo con los datos publicados, han sido 745 días el tiempo medio de respuesta por parte de los tribunales para dictar sentencia en el caso de 2017, desde que se produjeran los hechos hasta la resolución del tribunal del jurado). De los casos de 2018 unos 780 días y para el 2019 unos 844 días. Para estos procedimientos han intervinieron órganos judiciales que se encuentran en provincias como: A Coruña, Almería, Guadalajara, Barcelona, Pontevedra, Santa Cruz de Tenerife, Toledo, Sevilla, Valladolid y Vitoria.



Hay que añadir que, además de las resoluciones mencionadas, se han dictado otras siete sentencias solicitando alguna de las partes la prisión permanente revisable pero que finalmente no se impuso. Así, en 2016 se solicitó por parte de la acusación particular, en 2017 en los dos casos fue la acusación popular, en 2018 tanto la acusaciones particular y popular y la Fiscalía, y finalmente la última en 2019, por parte de la acusación particular.



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