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Tras años de demandas, los LAJs consiguen su ansiada subida salarial

El Gobierno va a aprobar la subida salarial de los Letrados de la Administración de Justicia el 1 de febrero

Ministerio de Justicia (Foto: Archivo)

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Tras años de demandas, los LAJs consiguen su ansiada subida salarial

El Gobierno va a aprobar la subida salarial de los Letrados de la Administración de Justicia el 1 de febrero

Ministerio de Justicia (Foto: Archivo)



El Consejo de Ministros tiene previsto aprobar el próximo 1 de febrero la adecuación del salario del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia (LAJ) que se acordó en la Mesa Sectorial de Justicia sobre el incremento del complemento específico del personal de Justicia. Según fuentes gubernamentales consultadas por Europa Press, el acuerdo al que se llegó en esa mesa sectorial tiene carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2021.

Los LAJ llevan 11 años exigiendo al Ministerio de Justicia la adecuación de su salario a la labor que realizan. El pasado mes de julio, las organizaciones que representan a este cuerpo de funcionarios (CNLAJ, UPSJ y AINLAJ) emitieron un duro comunicado en le que reclaman al Ministerio de Justicia «una verdadera adecuación salarial» para corregir lo que ven como un «grave desajuste» entre la carga de trabajo que tienen y el dinero que reciben al considerar insuficiente el incremento de 168 euros mensuales que les ofrecía el Ministerio.



Las organizaciones rechazaban las ofertas que les hacía el Ministerio porque estimaban que en realidad eran una mejora del complemento específico para los cuerpos generales pero «en ningún caso eso suponía afrontar la adecuación salarial de los letrados», que creen que «a día de hoy sigue sin abordarse por los responsables ministeriales», a los que acusaban de poner sobre la mesa «ínfimas y alejadísimas cantidades».

Pilar Llop, ministra de Justicia. (Foto: Moncloa)



Esto cambió el pasado mes de diciembre. El día 15 de ese mes, el Ministerio dirigido por Pilar Llop y el de Hacienda llegaron a un acuerdo con representantes sindicales por el que se pactaba un incremento salarial de hasta 2.340 euros anuales. De este modo se homologaban las retribuciones de estos funcionarios con el resto de empleados públicos de las comunidades autónomas con competencia transferida en Justicia.



En el BOE del 21 de diciembre se publicó la resolución de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia, que responde al cumplimiento de la Disposición Adicional 157ª de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.

Según precisó Justicia, las cantidades acordadas oscilan entre los 2.340 euros al año de los funcionarios del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia y los 960 euros al año de los del Cuerpo de Médicos Forenses del ámbito territorial que gestiona el Ministerio.

«Estas cantidades se harán efectivas de manera escalonada durante los ejercicios 2021, 2022 y 2023, con efectos de 1 de enero (el 65%, el 85% y el 100%, respectivamente)», señaló ese Departamento.

Acto de entrega a letrados de la Administración de Justicia. (Foto: Poder Judicial)

A pesar de lo que parecía un importante avance, la Unión Progresista de Letrados de la Administración de Justicia (UPSJ) convocó una huelga para este miércoles 26 de enero, “ante el flagrante incumplimiento” de lo establecido en los Presupuestos Generales del Estado de 2021 sobre la adecuación del complemento específico del personal al servicio de la Administración de Justicia.

Entre las reivindicaciones históricas de los LAJ está la adecuación de su salario a la labor que realizan. Entre las funciones que se les atribuyen se pueden citar las siguientes:

  1. Ejercicio de la fe pública judicial. Consiste en dejar constancia fehaciente de la realización de actos procesales mediante las oportunas actas y diligencias. Cuando se utilicen medios de grabación, garantizarán la autenticidad de lo filmado.
  2. Funciones procesales, como la ejecución, excepto aquellas competencias que la ley atribuya a jueces y magistrados.
  3. Son responsables de la actividad de documentación.
  4. Actúan como impulsores y ordenadores del proceso.
  5. Funciones como directores de la oficina.
  6. Funciones como coordinadores con otros órganos de las Administraciones.
  7. Son responsables del archivo judicial de gestión y del depósito de los bienes y objetos afectos a los expedientes judiciales.
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