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La firma

Igualdad, abogacía y posverdad: que hablen los hechos

"La presencia de las mujeres en la abogacía es mayoritaria en la base"

José María Alonso, decano del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (Foto: ICAM)

José María Alonso Puig

Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM)




Tiempo de lectura: 4 min



La firma

Igualdad, abogacía y posverdad: que hablen los hechos

"La presencia de las mujeres en la abogacía es mayoritaria en la base"

José María Alonso, decano del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (Foto: ICAM)



Ha pasado más de un lustro desde que el Diccionario Oxford, el más erudito y completo de la lengua inglesa, eligiese como palabra del año el término posverdad, en referencia a las “circunstancias en que los hechos objetivos influyen menos en la formación de la opinión pública que los llamamientos a la emoción y a la creencia personal”. Era 2016, el año del Brexit y la victoria electoral de Donald Trump, y apenas 12 meses después aparecía en forma de neologismo en el Diccionario de la lengua española como una “distorsión deliberada de una realidad, que manipula creencias y emociones con el fin de influir en la opinión pública y en actitudes sociales”.

Recientemente, el Colegio de Abogados de Madrid ha sido testigo directo de uno de esos momentos tan recurrentes en este tiempo, donde la polarización afectiva convierte cualquier debate en una batalla cultural entre bloques y el rechazo hacia quienes tienen opiniones distintas impide el intercambio de ideas, fomentando a un lado y a otro la cultura de la cancelación. El ruido generado antes, durante y después de la participación de la ministra de Igualdad en el Foro Justicia del ICAM ha alejado la discusión de unos hechos que vale la pena recordar.



La ministra de Igualdad, Irene Montero, durante el Foro Justicia del ICAM (Foto: ICAM)

La igualdad, consagrada constitucionalmente, es un pilar básico del sistema democrático y del Estado social y de derecho, y se configura como uno de los valores superiores cuya vigilancia y garantía de cumplimiento incumbe a los poderes públicos.



Como referente de la sociedad civil, la Abogacía está implicada al máximo en la consecución de la igualdad de oportunidades y en la conciliación familiar efectiva. Por ese motivo, en 2018 se constituyó en el ICAM una Comisión Delegada de Igualdad, Diversidad e Inclusión que viene trabajando de forma incansable para lograr ese objetivo.



La presencia de las mujeres en la abogacía es mayoritaria en la base, pero siguen sin estar representadas de forma igualitaria en los estratos superiores, donde apenas ocupan el 20% de los puestos de mayor responsabilidad

Fruto de ese esfuerzo, en febrero de 2019 vio la luz el primer Plan de Igualdad de Género para la abogacía de Madrid, un proyecto pionero en la abogacía institucional de nuestro país que incluye 17 medidas concretas para combatir la discriminación y potenciar las buenas prácticas en materia de igualdad tanto internamente en la Institución como en el ámbito del sector legal. Entre otras actuaciones, incluye el establecimiento de un Sello de Buenas Prácticas en Igualdad entre hombres y mujeres en el ejercicio de la abogacía que, hasta la fecha, ha sido otorgado a 18 despachos y departamentos jurídicos de empresa que se han distinguido por mantener una correcta relación en materia de igualdad con sus profesionales. También se puso en marcha el Premio del ICAM al compromiso con la igualdad, que anualmente reconoce a las personas físicas o jurídicas que más han destacado en este ámbito, y que en sus tres primera ediciones ha recaído en el Cuerpo de la Guardia Civil, en la patronal madrileña CEIM y en la Asociación de Mujeres Juristas Themis.

Como en el resto de profesiones jurídicas, la presencia de las mujeres en la abogacía es mayoritaria en la base, pero siguen sin estar representadas de forma igualitaria en los estratos superiores, donde apenas ocupan el 20% de los puestos de mayor responsabilidad. La conciliación de la vida personal, familiar y laboral es un derecho y una condición fundamental para garantizar la igualdad entre mujeres y hombres, y sin embargo no hay una regulación legal plena que garantice ese derecho a los y las profesionales de la abogacía en su ejercicio ante los tribunales.

(Foto: E&J)

Ante la ausencia de modificaciones legislativas más garantistas, el Colegio de Abogados de Madrid lleva tiempo proponiendo la aprobación de un Protocolo de Buenas Prácticas, de implantación en la Comunidad de Madrid, a efectos de promover y facilitar la adopción de medidas de conciliación de la vida personal, familiar y profesional mediante acuerdos suficientes y homogéneos y a fin de alcanzar la efectividad de los derechos y garantías reconocidos en nuestra normativa a favor de nuestras colegiadas y colegiados. El texto, elaborado en 2020, se ha vuelto a remitir recientemente al Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Desde hace nueve años, el ICAM convoca anualmente la Cumbre de Mujeres Juristas, en cuyas conclusiones se incluyen medidas y propuestas concretas tendentes a lograr la igualdad efectiva entre hombres y mujeres. Además, el Colegio de Abogados de Madrid ha estado siempre muy implicado en la lucha contra la violencia de género, siendo una prioridad en la formación impartida por la institución, especialmente entre quienes están adscritos al Turno de Oficio.

Esta es la realidad de una institución y una Junta de Gobierno comprometidas con la necesidad de avanzar en igualdad, convencidos de que la defensa de los derechos de las mujeres es la defensa de los derechos de la sociedad.

Cesado el ruido, que hablen los hechos.

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1 año atrás

ALERTA AL DECANO DEL ICAM Y RESTO CGAE, Consejo de estado, TC,TCU, Congreso, Senado, CNI,Defensa,Cultura,

Todos los Decanos, Juntas y colegiados del ICAM y resto de la Abogacía española y su CGAE que sean Catedraticos, o Abogados del Estado, Notarios, Espías, Registradores,.. sometidos al juramento JETA franquista de muerte civil del art.56.1.d.EBEP, deben abjurar del mismo e indemnizar a las víctimas excluidas de todo empleo en el Estado DDT De Derecho Torcido

FRAUS OMNIA CORRUMPIT.

Alerta al CGAE de anticonstitucionalidad del Estado de Derecho Torcido DDT, de sus Organos y Cuerpos Totalitarios por Juramento de Exclusion Totalitaria Anticonstitucional J. E. T. A.franquista “atado y bien atado” de sanciones y penas perpetuas de separacion de servicio de Tribunales de Honor y de depuración de disidentes por el requisito art.56.1.d EBEP 7/2007 y antecedentes como el art. 30.1.e DLFCE 315/1964 DE

 “no haber sido separado de servicio, ni despedido, ni estar inhabilitado” 

que cuestiona la validez de todos los procesos de selección y nombramiento de funcionarios estatales, autonómicos y locales por discriminar y represaliar disidentes y denunciantes de abusos de poder y corrupción .

Este J.E.T.A.franquista debe ser abolido y abjurado por millones de funcionarios como los Catedráticos, los Abogados, Economistas, Ingenieros, Notarios, Registradores…de todas las AAPP y de todas las Universidades por violar Derechos Fundamentales de la Constitución 1978 y de los Tratados UE y ONU al excluir a perpetuidad de todo acceso, recurso y rehabilitación a empleo público por oposición, concurso o contrato exigiendo como requisito esencial de capacidad el Juramento de Exclusión Totalitaria Anticonstitucional J. E. T. A. franquista del art. 56.1.d. EBEP y concordantes variantes inicuas de represión, mordaza y control social e ideológico de disidentes utilizando sanciones perpetuas de separación de servicio de Tribunales de Honor civiles y militares de Depuración y de la Inquisición para aniquilar toda disidencia y sana crítica del Poder absoluto.

Como muestra adjuntamos la Declaración Jurada exigida en la Universidad Complutense de Madrid, similar a la de otras 84 Universidades de la CRUE y de otras AAPP, Empresas e Instituciones públicas estatales, autonómicas y locales como el TC, el TCu, el Consejo de Estado, el Defensor del Pueblo, el Congreso, el Senado, los Parlamentos, el CES, el Banco de España, las Reales Academias, el Teatro Real, Correos, Autonomías, Ayuntamientos y Diputaciones….el CESID-CNI

//////////////////

DECLARACIÓN JURADA

FF-01-C
Don/Doña….
DNI…..
Titulación académica……
Domiciliado/a en:
Localidad…….
Código Postal……
Provincia…….
Teléfono……
Nacido/a en la localidad de……
Provincia de…….el día…

Declaro bajo juramento o promesa a los efectos de su contratación por la Universidad Complutense que:

Poseo la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

No he sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas y no me hallo en situación de inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

Y Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 707/ 1979, de 5 de abril, de la Presidencia del Gobierno (B.O.E. del 6.4.79),

cumpliré fielmente las obligaciones del cargo con lealtad al Rey y guardaré y haré guardar la Constitución como norma fundamental del Estado.

Madrid,…..

//////////////////

Ya que no es posible cumplir y hacer cumplir la Constitución y los Tratados UE y ONU que abolen y prohiben las sanciones y penas perpetuas, confundidas, totalitarias, desproporcionadas, no orientadas a la reinsercion sino al abuso de poder, la corrupción impune, la tortura, la represion, la violencia, la difamación, la acusación falsa del cacique contra su denunciante declarándolo “enemigo del pueblo” sin posibilidad de recurso ni de rehabilitación.
España,Polonia y Hungría pueden ser multadas por la UE por violar DDFF al legislar.
Ello obliga a todos los miles de afectados como Personal PDI y PAS, Catedraticos,Docentes, Investigadores, Maestros, Administrativos, Auxiliares, Subalternos, Rectores, Vicerrectores Secretarios, Tribunales de Oposición, Preparadores, Editores, Abogados, Letrados, Ingenieros, Economistas, Interventores, y Sindicatos del Estado, y Comisiones de Expertos juramentados en ese J. E. T. A. a abjurar y pedir perdón y responder de los daños a las victimas excluidas, exiliadas y fallecidas y a sus familias indemnizandolas por responsabilidad patrimonial del Estado mal legislador de las leyes de Función Pública y Universidades actualmente en trámite y anteriores como el EBEP, el TREBEP, la LOU, la LOE, el CP, Estatutos de Autonomía, LOTC, LOTCU, LOCE, al no trasponer las Directivas de la UE de Eurofuncionarios y de Protección de Denunciantes.

Especialmente afecta a los mal llamados profesionales y JURISTAS de más de 15 años de reconocido prestigio y competencia Totalitaria franquista para ser Magistrado del TC, vocal CGPJ,…ya que no han abjurado del JETA, han mantenido vigentes pese a estar prohibidas por la Constitución de 1978 las leyes represivas de Educación 1954 Ruiz Giménez, Función Pública 1964, CESID 1968, EOMF 1969,… excluyendoles de todo empleo publico, depurandoles, apestandoles, y exiliandoles como disidentes a base de matarles civilmente, separarles, despedirles, inhabilitarles, difamarles, privarles de derechos civiles y políticos, como «enemigos del pueblo», «perturbadores de la justicia», «traidores»…

UBI EXCLUSIO IBI CORRUPTIO

Recordemos la figura del Doctor Stockman, declarado «enemigo del pueblo» por su propio hermano el alcalde,cacique, dueño del periódico,el banco, la curtidora,el balneario, la policía,…cuando le anuncia que el río está contaminado por la curtidora y hay que depurar la aguas o cerrar la curtidora, y el pueblo lincha al doctor y a su hija la maestra echándoles del pueblo. Esta obra la escribió Ibsen en 1882.

Recordemos que todos los Escalafones de Abogados del Estado, Catedraticos, los Consejos Sociales de Universidad están viciados de nulidad radical insubsanable por ese Juramento JETA FRANQUISTA.

Alertadores disidentes separados de servicio a perpetuidad
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Nombre
Alertadores disidentes separados de servicio

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