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Tal dia como hoy

Nace Ricardo Salvador Huesca Boadilla, abogado del Estado que ejerce ante el Tribunal Supremo

A los veinticuatro años ya había ganado las oposiciones de la Abogacía del Estado

Sede del Tribunal Supremo de España. (Foto: archivo)

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Tal dia como hoy

Nace Ricardo Salvador Huesca Boadilla, abogado del Estado que ejerce ante el Tribunal Supremo

A los veinticuatro años ya había ganado las oposiciones de la Abogacía del Estado

Sede del Tribunal Supremo de España. (Foto: archivo)



El 23 de octubre de 1955 nació el jurista Ricardo Salvador Huesca Boadilla, abogado del Estado que ejerce ante el Tribunal Supremo.

A los veinticuatro años ya había ganado las oposiciones, siendo su primer nombramiento como Abogado del Estado con destino Oviedo por jubilación de Agustín Miranda, en 1980 y de aquella promoción sigue, como él, en el Tribunal Supremo, Emilio Jiménez Aparicio quien en el día de ayer cumplió los setenta años.



En el primer escalafón de los Abogados del Estado publicado por Orden 05.06.1940 anotaban más datos como el lugar de nacimiento y se constata que de los 220 que formaban el Cuerpo de Abogados del Estado un 40% habían pedido la excedencia y que Fernando Ríos, era natural de las Islas Filipinas y que Alberto Muzquiz y Manuel Martínez de Tena eran naturales de Cuba. En el último publicado, cerrado en marzo de 2022, se mantiene en secreto el dato de lugar de nacimiento. Aunque es ilustrativo que también ahora casi un cuarenta por ciento de quienes tras duras oposiciones han ganado la oposición, han obtenido la excedencia, lo que no ocurre en otros profesionales también funcionarios estatales. Por ello, sería aconsejable que el Gobierno supiera mejorar las condiciones de trabajo y aumentar las expectativas de futuro de estos imprescindibles funcionarios.

Ricardo Huesca ha publicado muchos trabajos como: El procedimiento de comprobación limitada en la reciente doctrina jurisprudencial, 2023;  El principio de igualdad en la partición hereditaria en el impuesto sobre sucesiones y donaciones y las competencias normativas de las Comunidades Autónomas de régimen común en relación con dicho impuesto, 2022; A vueltas de la necesaria comprobación personal y directa por el perito de la Administración cuando se utilice el medio de comprobación del art. 57.1 de la Leu General Tributaria, 2021; El principio de buena administración y los retrasos de la Administración tributaria en la ejecución de las resoluciones estimatorias en parte de los Tribunales EA.



Para saber más: Zazab/Bidat. Gobierno Vasco nº 267, mayo 2023.
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