Es conforme a derecho que un trabajador refleje en la aplicación de la empresa el inicio y el fin de jornada
El Supremo afirma que no existen razones que permitan dudar de la objetividad y fiabilidad de este mecanismo
(Foto: E&J)
Es conforme a derecho que un trabajador refleje en la aplicación de la empresa el inicio y el fin de jornada
El Supremo afirma que no existen razones que permitan dudar de la objetividad y fiabilidad de este mecanismo
(Foto: E&J)
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha emitido una sentencia en la que confirma que se ajustan a la legalidad los sistemas de control de jornada en los que son los propios trabajadores los que reflejan diariamente en la aplicación informática las horas de inicio y finalización de la jornada laboral.
En este caso concreto, el Supremo se ha pronunciado sobre el acuerdo relativo al registro de jornadas de trabajo alcanzado en septiembre de 2019 entre la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) y los sindicatos firmantes del Convenio Colectivo sectorial de ámbito nacional, al que dicho pacto se incorpora para formar parte del mismo.
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