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Reportajes

El Supremo fija en un millón de euros la compensación que recibirá Meliá Hoteles por la salida a bolsa de Bankia

“Meliá tiene un espíritu de justicia que no todas las empresas del país tienen”, explica Pablo Franquet, socio de Fieldfisher

Rodrigo Rato, presidente de Bankia, toca la campana que marcó la salida a Bolsa de la entidad. (Foto: Pierre-Philippe Marcou/AFP)

Luisja Sánchez

Periodista jurídico




Tiempo de lectura: 6 min

Publicado




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El Supremo fija en un millón de euros la compensación que recibirá Meliá Hoteles por la salida a bolsa de Bankia

“Meliá tiene un espíritu de justicia que no todas las empresas del país tienen”, explica Pablo Franquet, socio de Fieldfisher

Rodrigo Rato, presidente de Bankia, toca la campana que marcó la salida a Bolsa de la entidad. (Foto: Pierre-Philippe Marcou/AFP)



Diez años después de que Meliá Hoteles invirtiera un millón de euros en la salida a bolsa de Bankia, ahora en manos de CaixaBank, la Sala Civil del Tribunal Supremo le ha dado la razón como inversor institucional y reconoce su derecho a ser indemnizado con el dinero que invirtió, más los intereses. En concreto, algo más de un millón trescientos mil euros que recuperará.

La sentencia define a la cadena hotelera como inversor institucional y declara la nulidad por error del consentimiento de la adquisición de acciones de Bankia, por importe de 999.997,50 euros.



La sentencia 962/2022, de 19 de diciembre, notificada en vísperas de Nochebuena a las partes, de la que fue ponente el magistrado Pedro José Vela Torres, viene a cerrar otra historia de inversor institucional compensado por no estar convenientemente informado.

El fallo revoca las sentencias de la Audiencia Provincial de Madrid y del Juzgado de Primera instancia n.º 62 de Madrid donde se desestimaban las pretensiones de Meliá Hoteles como inversor institucional.



De esta forma el TS sigue las tesis del TJUE que resolvía una cuestión prejudicial planteada por la propia Sala de lo Civil ante la reclamación de la mutua UMAS por dicha salida a bolsa. En ese fallo de junio del 2021, el Tribunal de Luxemburgo señalaba el derecho de los inversores institucionales a verse compensados ante las irregularidades de la mencionada salida a bolsa.



En estos últimos meses, y a raíz de esa consulta al TJUE, los fallos del Supremo han respaldado las tesis de las empresas. Así, CaixaBank ha tenido que indemnizar a entidades como UMAS, en sentencia de Pleno de 21 de diciembre fue compensada, Porcelanosa, medio millón de euros, lo logró en abril del 2022 y la constructora Roycasa en marzo de ese año por 600.000 euros.

«Mediante la salida a bolsa en julio de 2011, Bankia captó, 3.092 millones de euros». (Foto: El Español)

Con anterioridad, en julio del 2020, en un auto del 1 de julio, el TS declara firme una sentencia de la Audiencia Provincial de Álava que da la razón a la sociedad Retos Operativos XXI, del empresario vasco, Juan Luis Arregui, rechazando dos recursos presentados por Bankia. Al inadmitirlos, obligaron al banco que preside José Ignacio Goirigolzarri a devolver 3,5 millones de euros al inversor institucional.

Mediante la salida a bolsa en julio de 2011, Bankia captó, 3.092 millones de euros de los que 1.237 millones de euros correspondían a inversores institucionales, y 1.855 millones de euros a inversores minorista

Para este asunto, la dirección jurídica de Meliá Hoteles eligió al despacho Fieldfisher en España, en sus inicios Fieldfisher Jausas, con un equipo formado por el abogado y socio Pablo Franquet, letrado experto en casación ante el TS, quienes han acompañado a la empresa en esta batalla judicial de una década.

La elección de este bufete se basó en la experiencia de estos abogados en la reclamación de distintos asuntos financieros a inversores en los últimos años. De hecho, esta firma también es representante legal de algunos inversores minoristas, quienes han recuperado su dinero, y otros profesionales, en concreto un par de SICAVS, pendientes de resolución judicial

Curiosamente este acreditado jurista ha recibido el mismo día otro fallo del TS en relación a un conflicto entre Vodafone y uno de sus agentes, defendido por Franquet. “Ganar dos sentencias en el TS no se consigue todos los días, es una gran satisfacción”, apunta.

Una salida a bolsa judicializada

La salida a bolsa de Bankia en el 2011 fue muy controvertida. La caja formada por la fusión de siete entidades, presidida por el exministro Rodrigo Rato salió al mercado tras una gran campaña de marketing que captó cientos de inversores particulares e institucionales, entre ellos la cadena Meliá y otras grandes empresas españolas.

Sin embargo, tan solo meses después, en 2012, la compañía se desplomó en bolsa, acabando finalmente rescatada por el Estado, que se hizo con la misma por más de 22.000 millones de euros. En este contexto, las reclamaciones judiciales han proliferado en estos años. El fallo del TJUE, resolviendo la cuestión prejudicial planteada por el TS, ha ayudado a algunas empresas a recuperar su dinero.

Para Franquet, la sentencia, en apenas una veintena de páginas, explica la situación de forma clara definiendo a Meliá Hoteles como inversor institucional de acuerdo al art. 78 bis de la Ley de Mercado de Valores.

Pablo Franquet. (Foto: Fieldfisher)

En la resolución se da por probado en el fundamento jurídico cuarto, apartado diez que “Meliá, sea un potente grupo hostelero o tenga gran experiencia en inversiones turísticas, no determina por sí mismo que tuviera acceso a una información sobre el patrimonio de Bankia diferente a la que se publicaba en el folleto y, de hecho, no se considera probada dicha circunstancia”.

También se indica que “no puede obviarse que, por tratarse de una OPS, nos encontramos ante la emisión de acciones sin historial de cotización previo, por lo que, en principio, no es fácil que, al margen del folleto, existiera otra fuente de conocimiento que no procediera del ámbito interno de la entidad”.

«Hay que darse cuenta de que llevando estos temas a los tribunales se podría conseguir que muchos abusos o desajustes del mercado no se repitieran»

Tampoco costa que “fuera probado que Meliá hubiera podido acceder a fuentes de información adicionales a las del folleto, al ser esta una entidad de nueva constitución, ni tampoco que mantuviera con Bankia relaciones jurídicas o mercantiles que le hubieran permitido obtener esa información”.

Para este jurista, este fallo fija la doctrina del TS y señala que “el hecho de que haya un folleto emisor que sea obligatorio para el tramo minorista, no significa que los inversores profesionales no estén protegidos por dicho folleto. En el momento que se lanza al mercado, cualquiera puede confiar en la veracidad de esa información”.

Meliá defiende sus intereses hasta el final

Pese a los dos fallos en contra, Meliá Hoteles siguió su cruzada judicial y acudió en casación al Tribunal Supremo. “El argumento era el mismo, que los inversores profesionales deberían tener conocimientos suficientes para afrontar dicha operación y tomar una decisión. Por eso no nos dieron la razón, aunque reconocían la complejidad del asunto, lo que hizo que no nos impusieran costas”, aclara este jurista.

El letrado señala que su cliente tenía la convicción que había algo que se había producido y que no debería tolerarse. “Meliá tiene un espíritu de justicia que no todas las empresas del país tienen. Hay que darse cuenta de que llevando estos temas a los tribunales se podría conseguir que muchos abusos o desajustes del mercado no se repitieran. Sin embargo, del tramo institucional, pocas empresas han reclamado”.

En este contexto, fuentes consultadas por Economist & Jurist señalan que Iberdrola, que reclamaba más de 12 millones de euros, decidió no acudir al TS después de perder el caso en la Audiencia Provincial. En primera instancia también perdió Grupo Villar Mir diez millones mientras que Mutua Madrileña, que invirtió en la salida a bolsa de Bankia 25 millones, decidió no reclamar al igual que Mapfre.

«El deber de transparencia repercute en todos los inversores, independientemente de su condición»

Sin embargo, el fallo comentado del TJUE que el TS asumiría en su sentencia de Pleno de diciembre del 2021 para resolver el caso de UMAS, representado por Cremades & Calvo Sotelo sobre esta salida a Bolsa ha devuelto la esperanza a los inversores institucionales. En ese fallo condenaba a CaixaBank a compensar a esta mutua por valor cercano a los 700.000 euros.

“Desde ese momento el TS va perfilando su doctrina en esa misma dirección: los inversores profesionales pueden confiar también en un folleto de inversión.  Y lo que es más importante, el deber de transparencia repercute en todos los inversores, independientemente de su condición”, aclara nuestro interlocutor.

En su opinión, al final “lo que viene a decir el TS es que la empresa líder del sector turístico, la principal actividad económica de nuestro país, no por esa condición se le debe presuponer un conocimiento especial de cuál es la situación financiera de una empresa que sale a bolsa, como fue el caso de Bankia hace casi once años”.

Este jurista, experto en reclamaciones financieras, reconoce que “los jueces habitualmente en los pleitos sobre instrumentos financieros, antes de mirar si estas entidades financieras han incumplido alguna obligación de información o de lealtad, lo primero que analizan es al propio inversor o recurrente para conocer sus particularidades. En este caso Meliá Hoteles confió en la información del folleto y tiene derecho a reclamar lo invertido”, concluye Franquet.

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