Préstamos participativos y reequilibrio patrimonial
Préstamos participativos y reequilibrio patrimonial
Luis Pineda, con su abogado Luis de las Heras, el pasado 14 de marzo en el Tribunal Supremo, precisamente día mundial del consumidor, en el que el Alto Tribunal dictó la sentencia absolviéndole de todas las acusaciones. (Imagen: Luis Pineda)
En términos doctrinales y desde un punto de vista jurídico-financiero, una de las modalidades de financiación (ya tenga el carácter de deuda subordinada o no), que pueden considerarse como instrumentos financieros de naturalesza híbrida entre el contrato asociativo y el crédito, son los denominados «préstamos participativos» destacando la doctrina como principales particularidades que los diferencian de otros tipos de financiación.
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