Connect with us
Artículos

Justificar el origen de los fondos: la cara de la prevención del blanqueo que soporta el cliente

Cuando una operación relevante activa las obligaciones de diligencia debida de un banco o de un notario, es el cliente quien debe acreditar de dónde procede su dinero

(Imagen: E&J)

Jose María Baños Raventós

Director de operaciones | Molina Law Boutique




Tiempo de lectura: 5 min

Publicado




Artículos

Justificar el origen de los fondos: la cara de la prevención del blanqueo que soporta el cliente

Cuando una operación relevante activa las obligaciones de diligencia debida de un banco o de un notario, es el cliente quien debe acreditar de dónde procede su dinero

(Imagen: E&J)

La prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (PBC/FT) se suele leer desde el lado de quien tiene que cumplirla: bancos, notarios, aseguradoras o asesores. Pero esa maquinaria tiene un reverso que rara vez se explica y que alcanza a todo el mundo: para que el sujeto obligado cumpla, alguien tiene que aportar la prueba. Y ese alguien es el cliente. La Ley 10/2010, de 28 de abril, y su reglamento, el Real Decreto 304/2014, no imponen deberes directos al ciudadano, pero trasladan a él, de facto, la carga de justificar el origen de su dinero cada vez que quiere hacer algo relevante con él: comprar una casa, recibir una herencia, mover una transferencia internacional o ampliar el capital de su sociedad.

La otra cara de la diligencia debida

El mecanismo es sencillo de entender. Antes de operar, el sujeto obligado debe identificar formalmente al cliente (artículo 3), averiguar quién es su titular real —la persona física que posee o controla, directa o indirectamente, más del 25 % (artículo 4)— y, sobre todo, conocer «el propósito e índole de la relación de negocios» (artículo 5) y hacer un seguimiento continuo de la operativa (artículo 6). Cuando el riesgo de la operación lo exige, esa diligencia se refuerza: el reglamento obliga entonces a «obtener documentación o información adicional sobre el origen de los fondos» y «sobre el origen del patrimonio del cliente» (artículo 20 del Real Decreto 304/2014). Traducido: la entidad tiene que preguntar de dónde sale el dinero y tiene que poder documentar la respuesta.

Global IA

...

logo-EJ

CONTENIDO EXCLUSIVO PARA SUSCRIPTORES

BUSINESS MENSUAL
14,99€ ELEGIR PLAN
Pago mensual
BUSINESS ANUAL
149€ ELEGIR PLAN
Pago único
BUSINESS BRAND ANUAL
299€ ELEGIR PLAN
Pago único
  • telegram

SUSCRÍBETE A NUESTRA NEWSLETTER

  • tiktok

Copyright © 2026 , powered by Economist & Jurist.