Hacienda no puede cambiar la forma de llevar a cabo sus comunicaciones sin previo aviso
Lo contrario vulnera el principio de confianza legítima y el derecho a la tutela judicial efectiva
(Imagen: E&J)
Hacienda no puede cambiar la forma de llevar a cabo sus comunicaciones sin previo aviso
Lo contrario vulnera el principio de confianza legítima y el derecho a la tutela judicial efectiva
(Imagen: E&J)
El cambio en la forma de proceder en las notificaciones de Hacienda, en el transcurso de aquellos procedimientos donde la comunicación ya se ha iniciado de una determinada manera, vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva. Así lo ha sentenciado el Tribunal Supremo en una reciente sentencia en la que, además, ha expresado que la Agencia Tributaria está obligada a cerciorarse de que el destinatario recibe correctamente la pertinente información, aunque esto implique emplear formas alternativas de comunicación.
Según consta en la sentencia (cuyo contenido puede consultarse pinchando en ‘descargar resolución’), el litigio en cuestión se originó el pasado 8 de noviembre de 2017, después de que una empresa dedicada a la prestación de servicios profesionales en materia tributaria y fiscal presentara una autoliquidación en papel ante Hacienda. Relevante del caso es que, aunque un año después la Agencia Tributaria inició un procedimiento de comprobación y notificó en papel, cambió a notificación electrónica sin previo aviso.
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