Un nuevo fallo del Supremo confirma que la inacción de los ayuntamientos en materia de ruido propicia la vulneración de derechos fundamentales
Las denuncias sobre contaminación acústica crecen en toda España, pero muchos asuntos se judicializan porque los consistorios no hacen cumplir la legislación
Instantánea del Carnaval de día en Vegueta, en las Palmas de Gran Canarias, por el que acaban de indemnizar a los afectados con 2.000 euros. (Imagen: Yomara García)
Un nuevo fallo del Supremo confirma que la inacción de los ayuntamientos en materia de ruido propicia la vulneración de derechos fundamentales
Las denuncias sobre contaminación acústica crecen en toda España, pero muchos asuntos se judicializan porque los consistorios no hacen cumplir la legislación
Instantánea del Carnaval de día en Vegueta, en las Palmas de Gran Canarias, por el que acaban de indemnizar a los afectados con 2.000 euros. (Imagen: Yomara García)
La Sección Primera de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, en una providencia de la que ha sido ponente el magistrado Ignacio Díez-Picazo, ha acordado la inadmisión a trámite del recurso de casación preparado por el Ayuntamiento de Almería. En consecuencia, se consolida la condena por vulneración de derechos fundamentales a tres vecinas afectadas por contaminación acústica.
Para Julio Durán, abogado especialista en estos temas y miembro de la Junta Directiva de la Asociación Nacional Juristas contra el Ruido, la decisión del Tribunal Supremo, que llegó el pasado 12 de marzo de 2025, “es contundente. El Ayuntamiento de Almería presentó preparación de recurso de casación, que fue inadmitida por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo, al entender que no se cumplían los requisitos del artículo 88 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso- administrativa”.
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