El Supremo abre causa contra un senador que propició el nombramiento de su esposa como juez de paz
El Alto Tribunal investiga al parlamentario, y alcalde de Villaluenga del Rosario, por proponer para el cargo a su cónyuge
(Imagen: E&J)
El Supremo abre causa contra un senador que propició el nombramiento de su esposa como juez de paz
El Alto Tribunal investiga al parlamentario, y alcalde de Villaluenga del Rosario, por proponer para el cargo a su cónyuge
(Imagen: E&J)
El Tribunal Supremo ha admitido a trámite la querella presentada por la Fiscalía contra el senador del PSOE y alcalde de Villaluenga del Rosario (Cádiz), Alfonso Moscoso González, por proponer como juez de paz a su esposa, quien estaba afiliada al mismo partido político.
Según ha informado el Consejo General del Poder Judicial el pasado 4 de junio, la causa se abre también a la mujer del senador ya que, aun no siendo persona aforada, los hechos que se le imputan mantienen una conexión material inescindible con los atribuidos al parlamentario.
El Alto Tribunal recuerda en el auto que, según el Reglamento de los Jueces de Paz, estos no pueden pertenecer a partidos políticos o sindicatos, algo que en el mismo sentido señala la Ley Orgánica del Poder Judicial. Además, la Constitución Española establece en su artículo 127 la prohibición absoluta de que los jueces pertenezcan a partidos políticos.
El Supremo entiende que, indiciariamente, los hechos imputados al alcalde —de quien provino la propuesta del nombramiento— podrían ser constitutivos del delito del artículo 405 del Código Penal.
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Dicho artículo castiga con penas de multa de tres a ocho meses y suspensión de empleo o cargo público de uno a tres años «a la autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de su competencia y a sabiendas de su ilegalidad, propusiere, nombrare o diere posesión para el ejercicio de un determinado cargo público a cualquier persona sin que concurran los requisitos legalmente establecidos para ello».
Respecto a la esposa, la Sala considera que los hechos pueden serle presuntamente imputables por el delito del artículo 406 del Código Penal que castiga la misma pena de multa «a la persona que acepte la propuesta, nombramiento o toma de posesión mencionada en el artículo anterior, sabiendo que carece de los requisitos legalmente exigibles.»

