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Casos de éxito

Oposición al recurso de apelación contra la pretensión bancaria de liquidar unilateralmente un préstamo declarado usurario

La Audiencia Provincial confirma que la liquidación del contrato nulo debe realizarse en ejecución de sentencia y no mediante reconvención.

(Imagen: E&J)

Miguel Álvarez Coloma

Socio director del departamento Bancario en Amagna Abogados




Tiempo de lectura: 5 min

Publicado




Casos de éxito

Oposición al recurso de apelación contra la pretensión bancaria de liquidar unilateralmente un préstamo declarado usurario

La Audiencia Provincial confirma que la liquidación del contrato nulo debe realizarse en ejecución de sentencia y no mediante reconvención.

(Imagen: E&J)

Fecha de resolución del caso: 09/04/2026
Número: 14388
Materia: Derecho Civil
Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos / Contrato de préstamo
Tipo de caso: Caso Judicial

El caso

Supuesto de hecho

Asturia, 11/01/2023

El Cliente interpuso demanda de juicio verbal solicitando la nulidad radical, absoluta y originaria de un contrato de préstamo suscrito el 11 de enero de 2023, por tratarse de un contrato usurario, con los efectos previstos en el artículo 3 de la Ley de 23 de julio de 1908 sobre nulidad de los contratos de préstamos usurarios. En la demanda se solicitó, además, que la entidad financiera restituyera las prestaciones percibidas en todo aquello que excediera del capital prestado, difiriendo a ejecución de sentencia la determinación concreta de las cantidades.

La entidad financiera se allanó a la declaración de nulidad por usura, pero simultáneamente formuló demanda reconvencional reclamando al Cliente la cantidad de 13.060,86 euros, intereses y costas, al sostener que no se había amortizado la totalidad del capital dispuesto. Admitida a trámite la reconvención, el Cliente se opuso alegando que resultaba contradictorio allanarse a la nulidad y, al mismo tiempo, reclamar como líquida una cantidad que debía determinarse en ejecución de sentencia.

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El Juzgado de Primera Instancia estimó íntegramente la demanda principal, admitió el allanamiento de la entidad financiera, declaró la nulidad del contrato de préstamo por usurario y difirió a ejecución de sentencia la determinación de las prestaciones a devolver. Asimismo, desestimó íntegramente la demanda reconvencional formulada por la entidad financiera y le impuso las costas procesales.

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