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Jurisprudencia

Reconocida la IPA a un trabajador que padece trastorno del humor

Las lesiones y limitaciones de carácter crónico que padece el trabajador, pese a que no son definitivas, le impiden el desempeño eficaz de cualquier actividad laboral

(Imagen: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 2 min

Publicado




Jurisprudencia

Reconocida la IPA a un trabajador que padece trastorno del humor

Las lesiones y limitaciones de carácter crónico que padece el trabajador, pese a que no son definitivas, le impiden el desempeño eficaz de cualquier actividad laboral

(Imagen: E&J)

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha reconocido a un ciudadano en situación de incapacidad permanente absoluta (IPA) al considerar que, debido a un cuadro crónico con trastorno del humor que padece, sumado a dependencia de sustancias y rinosinusitis crónica, está impedido para desempeñar cualquier actividad laboral de manera eficaz.

Según ha informado el Poder Judicial, el trabajador prestaba servicios profesionales como ayudante de matadero, sin embargo, debido a los problemas de salud que padece solicitó al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ser reconocido en situación de IPA. La Administración pública, por su parte, rechazó dicha solicitud, por lo que el conflicto llegó a la vía judicial.

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El titular de la plaza número 4 de la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Pamplona consideró que las lesiones que padecía el actor no eran definitivas, por lo que rechazó reconocerla la incapacidad. No obstante, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Navarra difiere de la conclusión alcanzada en primera instancia.

Para los magistrados de la Sala de lo Social, la resolución judicial de instancia no valoró correctamente las lesiones y limitaciones que padece el trabajador, las cuales son de carácter crónico y, pese a que no son definitivas, ello no impide reconocerle en situación de incapacidad. Asimismo, el Tribunal señala que la continuidad del tratamiento psiquiátrico al que está sometida esta persona trabajadora desde hace años y las secuelas objetivadas que padece, derivadas no solo del trastorno del humor, también de la dependencia de sustancias y la rinosinusitis que sufre, le impiden el desempeño eficaz de cualquier actividad laboral.

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Por todo ello, el TSJ de Navarra revoca la sentencia de instancia y declara al actor en situación de incapacidad permanente absoluta por enfermedad común, con derecho a pensión vitalicia del 100% de su base reguladora desde 2024.

La sentencia no es firme y cabe ser recurrida en casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo.

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