De la responsabilidad solidaria por la ruina de obras contratadas por la administración
El TS ha dictaminado que la Administración puede exigir responsabilidad solidaria a todos los agentes intervinientes en la construcción de una obra por vicios ocultos, sin necesidad de individualizar el alcance de dicha responsabilidad
(Foto: E&J)
De la responsabilidad solidaria por la ruina de obras contratadas por la administración
El TS ha dictaminado que la Administración puede exigir responsabilidad solidaria a todos los agentes intervinientes en la construcción de una obra por vicios ocultos, sin necesidad de individualizar el alcance de dicha responsabilidad
(Foto: E&J)
Mediante sentencia de 18 de abril de 2024, dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo (Sección Tercera), se ha resuelto un tema interesante en la práctica del derecho administrativo y de las obras públicas cuando estas sufren vicios ocultos y debe reclamarse la responsabilidad a los distintos agentes intervinientes.
El recurso de casación se plantea por una entidad mercantil frente al Ayuntamiento de Alcantarilla (Murcia), contra la sentencia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJM) de 29 de febrero de 2021, dictada en el recurso de apelación 241/2020, que desestimó su previa impugnación frente a la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 8 de Murcia número 2/2020, de 19 de febrero de2020.
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