El Tribunal Supremo dice que un festivo en sábado no obliga automáticamente a compensar a los trabajadores
Esta doctrina jurisprudencial solo se aplica a los trabajadores con jornada de lunes a domingo y libranzas fijas entre semana
(Imagen: E&J)
El Tribunal Supremo dice que un festivo en sábado no obliga automáticamente a compensar a los trabajadores
Esta doctrina jurisprudencial solo se aplica a los trabajadores con jornada de lunes a domingo y libranzas fijas entre semana
(Imagen: E&J)
La sentencia del Tribunal Supremo de 30 de abril de 2025 analizó un caso de una empresa cuyos trabajadores prestaban servicios de lunes a domingo y tenían descansos fijos entre semana. El Supremo declaró que, cuando alguno de los 14 festivos anuales coincidía con el día de descanso semanal de los trabajadores y se solapaban ambos, la empresa debía compensar dichos días.
La mencionada sentencia, quería evitar que este tipo de trabajadores que libran entre semana perdiesen días efectivos de descanso frente a otros trabajadores que libraban en fin de semana debido a un solapamiento de los festivos intersemanales con sus descansos fijos. Por ello, el Alto Tribunal estableció que el criterio general que debía aplicarse a ese supuesto era el de que los festivos laborales debían disfrutarse en toda su extensión (sin establecer cuándo exactamente debía disfrutarse ese descanso compensatorio), y que, solo en situaciones excepcionales, podía ser sustituido por descanso alternativo o retribución.
En el supuesto indicado de no reconocerse, los trabajadores que descansasen semanalmente el domingo podrían disfrutar de la totalidad de los festivos anuales; mientras que aquellos trabajadores que debiesen trabajar el domingo disfrutarían menos descansos que la mayoría de la población.
La doctrina de esta sentencia solo se aplica a los trabajadores con jornada de lunes a domingo y libranzas fijas entre semana, no a las plantillas cuya jornada ordinaria es de lunes a viernes con descanso los fines de semana.
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(Imagen: E&J)
Es evidente que el Tribunal Supremo no reconoce que un festivo en sábado obligue automáticamente a la empresa a compensar a los trabajadores.
Téngase en cuenta al analizar esta sentencia el artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores (ET).

