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Jurisprudencia

Los jueces sustitutos podrán cobrar íntegramente sus bajas, según el Supremo

Los efectos de una Sentencia de febrero del 2002 llegan vía seis autos a otros tantos jueces sustitutos

Sala contenciosa del Supremo que abre la puerta para que los jueces sustitutos tengan derecho al cobro de su baja laboral desde el primer día de su llamamiento (Imagen: E&J)

Luisja Sánchez

Periodista jurídico




Tiempo de lectura: 8 min

Publicado




Jurisprudencia

Los jueces sustitutos podrán cobrar íntegramente sus bajas, según el Supremo

Los efectos de una Sentencia de febrero del 2002 llegan vía seis autos a otros tantos jueces sustitutos

Sala contenciosa del Supremo que abre la puerta para que los jueces sustitutos tengan derecho al cobro de su baja laboral desde el primer día de su llamamiento (Imagen: E&J)



En un fallo histórico, el Tribunal Supremo de España ha garantizado a los jueces sustitutos el derecho a cobrar su baja laboral de manera íntegra, equiparándolos en este aspecto con sus colegas jueces de carrera. Esta trascendental decisión se plasma en seis autos emitidos por la Sala de lo Contencioso, que extienden los efectos de una sentencia del año 2022, beneficiando a un grupo de seis juezas sustitutas que se encontraban en la misma situación.

Este logro representa un hito en la lucha de los jueces sustitutos, un colectivo que comprende alrededor de 1.100 de los 5.500 jueces en España, y que ha abogado durante años por este derecho fundamental. La Asociación Pro Dignidad de Jueces/as Sustitutos y Magistrados Suplentes, presidida por la jueza sustituta Lydia Polo, jueza de refuerzo en los juzgados de lo penal de Murcia y una de las afectadas por el fallo estimatorio de nuestro TS, ha sido la fuerza impulsora de esta causa.



Hasta la fecha, los jueces sustitutos se enfrentaban a la dura realidad de no poder enfermarse, ya que esto implicaba la pérdida de sus ingresos al ser dados de baja por la Seguridad Social. En el caso de enfermedad, solo recibían una cantidad limitada de la mutua, que posteriormente se descontaba de su prestación por desempleo.

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