La Administración debe probar el daño al medio ambiente para exigir una indemnización
Según el TSJ de Cataluña, el daño al medio ambiente “no puede presumirse sino simple y llanamente ha de acreditarse”
(Foto: WWF)
La Administración debe probar el daño al medio ambiente para exigir una indemnización
Según el TSJ de Cataluña, el daño al medio ambiente “no puede presumirse sino simple y llanamente ha de acreditarse”
(Foto: WWF)
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha declarado que la Administración está obligada a acreditar la existencia de un daño real causado al medio ambiente para poder exigir al culpable el pago de una indemnización.
El fallo contiene un voto particular formulado por la Magistrada María Fernanda Navarro Zuloaga que razona que el recurso debería haberse desestimado
La sentencia, de 21 de abril de 2022, recuerda que el daño al dominio público “no puede presumirse sino simple y llanamente ha de acreditarse”.
El caso
En febrero de 2021, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 13 de Barcelona ratificó la sanción de multa de 27.623,04 euros, así como una indemnización de 5.179,31 euros impuesta por la Agencia Catalana del Agua (demandada) a una mercantil (demandante), titular de un derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas.
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