La justicia rechaza responsabilizar a un hijo, mayor de edad, de la falta de relación con su padre debido al trastorno que padece el joven
La Audiencia Provincial de Murcia entiende que el progenitor debió hacer un mayor esfuerzo para reconstruir el vínculo paternofilial, exculpando al hijo de esa falta de relación por sus circunstancias personales y manteniendo la pensión alimenticia a pesar de su mayoría de edad
(Imagen: E&J)
La justicia rechaza responsabilizar a un hijo, mayor de edad, de la falta de relación con su padre debido al trastorno que padece el joven
La Audiencia Provincial de Murcia entiende que el progenitor debió hacer un mayor esfuerzo para reconstruir el vínculo paternofilial, exculpando al hijo de esa falta de relación por sus circunstancias personales y manteniendo la pensión alimenticia a pesar de su mayoría de edad
(Imagen: E&J)
La Audiencia Provincial de Murcia ha rechazado extinguir la pensión de alimentos a favor de un hijo mayor de edad al considerar que, no puede responsabilizarse al joven por la ausencia de relación con su progenitor debido a las patologías que padece, entre ellas, trastorno de conducta y cociente intelectual límite.
Por el contrario, el tribunal provincial culpa al padre de esa falta de relación paternofilial al no haberse esforzado más el progenitor en reconstruir la relación con su hijo, teniendo en cuenta las circunstancias personales del joven.
Igualmente, su situación de discapacidad le afecta tanto a sus capacidades como a sus posibilidades laborales en sentido muy negativo. En consecuencia, teniendo en cuenta las limitadas capacidades laborales del hijo, su situación personal y que la ayuda económica que percibe es de baja cuantía, la Sala ha dictaminado que el joven, pese a ser mayor de edad, no es independiente económicamente, por lo que tampoco cabe extinguir la pensión alimenticia por dicho motivo.
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