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Jurisprudencia

La maternidad dejará de ser causa para interrumpir el despido

El TSJ de Castilla y León avala que las empresas resuelvan contratos en periodo de prueba sin necesidad de prueba

(Imagen: E&J)

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La maternidad dejará de ser causa para interrumpir el despido

El TSJ de Castilla y León avala que las empresas resuelvan contratos en periodo de prueba sin necesidad de prueba

(Imagen: E&J)

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCL), número 403/2026, cuya ponente fue la magistrada M.ª del Carmen Escuadra Bueno, recuerda que la maternidad y paternidad es un bien preciado a proteger especialmente en el ámbito laboral, pero esta protección tiene límites.

En este sentido el fallo judicial indicado dictado por el TSJCL ha considerado procedente el despido de un trabajador por no superar el periodo de prueba de la empresa, a pesar de que dos días antes el empleado manifestó haber informado al empleador de su próxima paternidad. La sentencia señala que no concurre ninguna circunstancia que comporte la nulidad del despido, ya que el Estatuto de los Trabajadores (ET) establece que las empresas cuentan con la posibilidad de resolver el contrato libremente en período de prueba sin necesidad de prueba alguna.

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En este caso tampoco quedó probado que el trabajador hubiera informado de su próxima paternidad en el periodo indicado. Pero lo que parece más trascendente de esta sentencia, más allá, de que como argumento complementario se alegue que el trabajador no probó que hubiera comunicado su próxima paternidad, es la afirmación del fallo que da fuerza al derecho de la empresa de resolución del contrato laboral durante el periodo de prueba sin necesidad de alegar prueba alguna. Si este criterio se confirma, la maternidad y paternidad dejara de ser siempre impedimento para el despido.

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