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Derecho Comunitario

Polonia y Hungría podrán perder fondos europeos si no respetan los derechos humanos

El TJUE desestima los recursos de ambos países contra un reglamento que condiciona ayudas al respeto del Estado de Derecho

Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Foto: Google)

Andrés Lara

Director de Economist & Jurist




Tiempo de lectura: 5 min

Publicado




Derecho Comunitario

Polonia y Hungría podrán perder fondos europeos si no respetan los derechos humanos

El TJUE desestima los recursos de ambos países contra un reglamento que condiciona ayudas al respeto del Estado de Derecho

Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Foto: Google)



El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha desestimado los recursos interpuestos por el primer ministro húngaro, Viktor Orban, y su colega polaco, Mateusz Morawiecki contra el reglamento que condiciona el desembolso de los fondos europeos al respeto del Estado de Derecho. En dos sentencias publicadas hoy, el tribunal europeo entiende que el documento denunciado por Varsovia y Budapest tiene una «base jurídica adecuada«, es conforme con el procedimiento previsto en el artículo 7 del Tratado y respeta los límites de las competencias europeas y el principio de seguridad jurídica.

El 16 de diciembre de 2020, el Parlamento y el Consejo adoptaron el Reglamento (UE, Euratom) 2020/2092 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre un régimen general de condicionalidad para la protección del presupuesto de la Unión. Este documento establece un régimen general de condicionalidad para la protección del presupuesto de la Unión en caso de vulneración de los principios del Estado de Derecho en un Estado miembro.



Según explica el TJUE en su sentencia, para lograr este objetivo, el Reglamento permite al Consejo, a propuesta de la Comisión, adoptar medidas de protección como la suspensión de los pagos a cargo del presupuesto de la Unión o la suspensión de la aprobación de uno o más programas a cargo de dicho presupuesto.

Los miembros del TJUE han fallado en contra de Polonia y Hungría. (Foto: Google)



Hungría y Polonia interpusieron sendos recursos ante el Tribunal de Justicia solicitando la anulación de este Reglamento. Fundamentan sus recursos respectivos, entre otros argumentos, en la falta de una base jurídica adecuada en los Tratados UE y FUE; en la elusión del procedimiento previsto en el artículo 7 TUE; en el hecho de que la Unión se excedió en sus competencias, y en la vulneración del principio de seguridad jurídica.



Procedimiento acelerado

El Reglamento entró en vigor el pasado 1 de enero, aunque la Comisión Europea ha optado por mantener congelada su aplicación a la espera del pronunciamiento final de la corte europea. Prueba de la importancia del caso, no obstante, es que la denuncia se ha tramitado por procedimiento acelerado.

Finalmente, el TJUE ha declarado, por lo que respecta a la base jurídica de la norma comunitaria, que “el Reglamento tiene por objeto proteger el presupuesto de la Unión de quedar afectado, de un modo suficientemente directo, por la vulneración de los principios del Estado de Derecho, y no sancionar, como tal, dicha vulneración”.

Mateusz Morawieki y Viktor Orban. (Foto: Google)

Valores comunes

El Tribunal de Justicia recuerda que “el respeto por parte de los Estados miembros de los valores comunes en los que se fundamenta la Unión, que han sido identificados y son compartidos por esos Estados y que definen la identidad misma de la Unión como ordenamiento jurídico común a tales Estados, entre ellos el Estado de Derecho y la solidaridad, justifica la confianza mutua entre dichos Estados”. De esta forma, considera que “dado que el respeto de tales valores constituye un requisito para disfrutar de todos los derechos derivados de la aplicación de los Tratados a un Estado miembro, la Unión debe estar en condiciones, dentro de los límites de sus atribuciones, de defender los valores indicados”.

Teniendo en cuenta esto, el tribunal subraya que “el respeto de dichos valores no puede reducirse a una obligación a la que esté sujeto un Estado candidato para adherirse a la Unión y de la que pueda eximirse después de su adhesión”. Además, destaca que “el presupuesto de la Unión es uno de los principales instrumentos que permiten concretar, en las políticas y acciones de la Unión, el principio fundamental de solidaridad entre Estados miembros y que la aplicación de este principio, mediante dicho presupuesto, se basa en la confianza mutua que ellos tienen en la utilización responsable de los recursos comunes con los que cuenta el citado presupuesto”.

A juicio del TJUE, “la buena gestión financiera del presupuesto de la Unión y los intereses financieros de la Unión pueden verse seriamente amenazados por la vulneración de los principios del Estado de Derecho que se produzca en un Estado miembro”. Por consiguiente, “un mecanismo de condicionalidad horizontal como el que crea el Reglamento, que supedita el acceso a financiación procedente del presupuesto de la Unión al respeto, por parte de un Estado miembro, de los principios del Estado de Derecho, puede estar comprendido en la competencia que los Tratados confieren a la Unión para establecer normas financieras relativas a la ejecución del presupuesto de la Unión”.

Imagen de archivo de una reunión del Consejo Europeo. (Foto: Moncloa)

Competencias de la Unión

En segundo lugar, el Tribunal de Justicia declara que el procedimiento diseñado por el Reglamento no elude el previsto en el artículo 7 TUE y que respeta los límites de las competencias atribuidas a la Unión.

Además, por lo que respecta a la alegación de Hungría y de Polonia basada en la violación del principio de seguridad jurídica, en particular en la medida en que Reglamento no define, según afirman, ni el concepto de Estado de Derecho ni sus principios, el Tribunal de Justicia destaca que “los principios que aparecen en el Reglamento como elementos constitutivos de este concepto han sido ampliamente desarrollados en su jurisprudencia”; de manera que “emanan de los valores comunes reconocidos y aplicados igualmente por los Estados miembros en sus propios ordenamientos jurídicos, y que derivan de un concepto de Estado de Derecho que los Estados miembros comparten y al cual se adhieren”.

La sentencia abre la puerta a que Bruselas active por primera vez el mecanismo contra Varsovia y Budapest, tal y como reclaman varios grupos del Parlamento Europeo que han denunciado incluso a Bruselas ante la corte europea por inacción en este terreno.

Roberta Metsola. (Foto: AP)

«El Parlamento Europeo espera ahora que la Comisión aplique el mecanismo de condicionalidad rápidamente. La condicionalidad de los fondos de la UE vinculada al respeto del Estado de derecho no es negociable para la Eurocámara«, ha dicho su presidenta, Roberta Metsola. «La Comisión defenderá el presupuesto de la UE contra las violaciones de los principios del Estado de Derecho. Actuaremos con determinación«, ha prometido la presidenta Ursula von der Leyen, que ha anunciado primero la adopción en las próximas semanas de orientaciones sobre la aplicación práctica del mecanismo.

Polonia aspira a recibir 36.000 millones de euros y Hungría 7.200 millones del fondo de recuperación europeo -aunque la aprobación de sus planes permanece bloqueada porque no garantizan ni independencia judicial ni una auditoría robusta contra posibles fraudes- a los que se suman miles de millones más en fondos regionales y agrícolas. El veredicto, en este sentido, supone un nuevo revés para sus intenciones, dado su bagaje de denuncias y sentencias por vulnerar valores y principios europeos.

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Suscriptor E&J2(@otrousername)
2 años atrás

la aplicacion del tratado de lisboa es mas acorde con dicha concesion ala comision

Nombre
antonio salamanca garcia

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