Dinero electrónico: cuándo el saldo de una ‘app’ se convierte en actividad reservada
Buena parte de la economía digital funciona sobre valor monetario que el usuario entrega por adelantado y gasta después
(Imagen: E&J)
Dinero electrónico: cuándo el saldo de una ‘app’ se convierte en actividad reservada
Buena parte de la economía digital funciona sobre valor monetario que el usuario entrega por adelantado y gasta después
(Imagen: E&J)
La intuición dice que el saldo que un usuario recarga en una aplicación o en una tarjeta prepago es poco más que un apunte técnico, una comodidad comercial. La normativa dice otra cosa: ese saldo puede ser dinero electrónico, una categoría jurídica con definición legal propia, régimen de reembolso tasado y —sobre todo— reserva de actividad. Emitirlo sin licencia no es un descuido menor: es operar en un negocio reservado sin autorización del Banco de España.
Monederos digitales, tarjetas recargables, saldos prefondeados en plataformas de comercio electrónico o de movilidad: buena parte de la economía digital funciona sobre valor monetario que el usuario entrega por adelantado y gasta después. Pocas veces quien diseña el producto se detiene a examinar qué es el dinero electrónico en sentido jurídico y si su saldo encaja en esa categoría. Y, sin embargo, esa es la primera pregunta que debería hacerse, porque de la respuesta depende nada menos que el régimen de licencia aplicable. En España la materia se rige por la Ley 21/2011, de 26 de julio, de dinero electrónico —transposición de la segunda Directiva de dinero electrónico, la Directiva 2009/110/CE— y por su desarrollo reglamentario, el Real Decreto 778/2012. No es una normativa exótica: es la que decide si una fintech puede lanzar su producto con un simple contrato o necesita antes una autorización administrativa.
...
Garzón, quien fue expulsado de la carrera judicial por el TS, analiza sin el menor rubor el ‘lawfare’ en la Universidad de La Laguna
Ver la noticia completa →
Condenada a pagar las costas por demandar a la entidad financiera a pesar de que ésta había aceptado la reclamación extrajudicial
Ver la noticia completa →




