Doctrina sobre la legitimación activa de las asociaciones: el interés en defensa de la legalidad y la noción de interés legítimo
La sentencia del Tribunal Supremo destaca la importancia de la legitimación activa como requisito fundamental en los procesos contencioso-administrativos
Tribunal Supremo. (Imagen: archivo)
Doctrina sobre la legitimación activa de las asociaciones: el interés en defensa de la legalidad y la noción de interés legítimo
La sentencia del Tribunal Supremo destaca la importancia de la legitimación activa como requisito fundamental en los procesos contencioso-administrativos
Tribunal Supremo. (Imagen: archivo)
La Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2.ª) núm. 334/2024, de 28 de febrero (Rec. Ordinario 643/2022), declara inadmisible, por falta de legitimación activa, el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación Mediterránea Anticorrupción y por la Transparencia interpuso contra el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 22 de marzo de 2022, por el que se aprobó la planificación de la red de transportes de energía eléctrica horizonte 2026.
Razonamiento de la Sala
- En primer lugar, recuerda la Sala la doctrina jurisprudencial sobre la legitimación activa como presupuesto inexcusable del proceso [1].
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