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¿Dónde está la Comisión para la Calidad tras más de 6 meses de tribunales de instancia?

Este instrumento del legislador destinado a detectar, medir y corregir las disfunciones generadas durante los primeros meses por la aplicación de la norma, continúa sin haberse constituido

(Imagen: E&J)

Diego Fierro Rodríguez

Letrado de la Administración de Justicia




Tiempo de lectura: 7 min

Publicado




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¿Dónde está la Comisión para la Calidad tras más de 6 meses de tribunales de instancia?

Este instrumento del legislador destinado a detectar, medir y corregir las disfunciones generadas durante los primeros meses por la aplicación de la norma, continúa sin haberse constituido

(Imagen: E&J)

La reforma que anticipó su propio desgaste y el mecanismo que debía corregirlo

La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, no fue un retoque cosmético. Sustituyó cerca de 3.900 juzgados unipersonales por 431 Tribunales de Instancia, introdujo los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) como requisito de procedibilidad en numerosos supuestos y redefinió la arquitectura organizativa de la Administración de Justicia en España. Cualquier reforma de ese calibre, por muy planificada que esté, genera disfunciones durante los primeros meses de aplicación. El legislador, consciente de ello, incluyó en la propia norma un instrumento destinado precisamente a detectar, medir y corregir esas disfunciones: la Comisión para la Calidad del servicio público de Justicia, regulada en el artículo 434 ter de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Seis meses después de la plena entrada en funcionamiento de los Tribunales de Instancia, la Comisión no se ha constituido. La paradoja es tan incómoda como elocuente: el legislador anticipó que algo podía torcerse y dejó escrito el remedio; el administrador, transcurrido medio año, no lo ha convocado. La pregunta que sobrevuela el debate no es, por tanto, si la reforma tiene defectos —los tiene, y era previsible que los tuviera—, sino por qué el órgano que la propia ley diseñó para corregirlos sigue siendo un artículo en el Boletín Oficial del Estado y no una mesa con representantes sentados alrededor.

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