Intereses sobre dinero no recibido: el TJUE redefine el verdadero coste del crédito
El debate jurídico es una cuestión de equilibrio contractual, transparencia económica y protección efectiva
(Imagen: E&J)
Intereses sobre dinero no recibido: el TJUE redefine el verdadero coste del crédito
El debate jurídico es una cuestión de equilibrio contractual, transparencia económica y protección efectiva
(Imagen: E&J)
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha vuelto a situar el crédito al consumo en el centro del debate jurídico. En su sentencia de 23 de abril de 2026, la corte europea concluye que las entidades financieras no pueden aplicar intereses contractuales sobre cantidades destinadas a cubrir costes asociados al préstamo, como primas de seguro u otros gastos vinculados, cuando ese dinero no ha sido efectivamente puesto a disposición del consumidor.
La resolución responde a una cuestión prejudicial planteada por un tribunal polaco a propósito de un préstamo en el que parte del importe financiado se destinó directamente al pago de un seguro vinculado al crédito. El banco aplicaba el tipo de interés no solo sobre el capital recibido por el prestatario, sino también sobre esa prima financiada. Y es precisamente ahí donde el TJUE introduce una precisión de enorme relevancia jurídica: el interés remuneratorio únicamente puede recaer sobre el capital efectivamente entregado al consumidor y no sobre cantidades destinadas a satisfacer costes derivados del propio crédito.
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