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Casos de éxito

Demanda contra la resolución de la Junta Electoral Central

“La sentencia anuló el Acuerdo de la Junta Electoral Central y concedió el derecho del cliente a ser repuesto en su cargo de concejal”

Reunión de la Junta Electoral Central (JEC) en el Congreso. (Foto: EFE/Juan Carlos Hidalgo)

Fernando Ortega Cano

Socio de García, Ortega & de Juan.




Tiempo de lectura: 6 min



Casos de éxito

Demanda contra la resolución de la Junta Electoral Central

“La sentencia anuló el Acuerdo de la Junta Electoral Central y concedió el derecho del cliente a ser repuesto en su cargo de concejal”

Reunión de la Junta Electoral Central (JEC) en el Congreso. (Foto: EFE/Juan Carlos Hidalgo)

  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 09-06-2021
  • Materia: Derecho Administrativo
  • Especialidad: / Derecho Administrativo / Proceso Contencioso – Administrativo
  • Número: 13555
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: AYUNTAMIENTO, Demanda, Medidas cautelares, RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Documentos originales presentados

  1. Análisis del caso
  2. Escrito interposición Recurso Contencioso Administrativo
  3. Auto desestima cautelarísima y ordena seguir por ordinaria
  4. Oposición a cautelar JEC
  5. Escrito aportando sentencia AP
  6. Demanda
  7. Auto estima medida cautelar
  8. Contestación demanda
  9. Sentencia estimatoria favorable firme sin costas

El caso

Supuesto de hecho



Madrid, 05-02-2020

El Cliente fue cesado en su puesto de concejal por haber sido dictado un acuerdo por la Junta Electoral Central en cuya virtud se nombraba en sustitución de aquél a un nuevo concejal, por haber sido condenado el Cliente por Sentencia condenatoria penal no firme y entender aquélla que concurría una causa de incompatibilidad para el ejercicio del cargo. Tras dictarse una posterior Sentencia penal absolutoria en revocación de la anterior, condenatoria, y comunicarse al Tribunal Supremo que estaba conociendo del procedimiento contencioso-administrativo, éste entendió que quedaba invalidada la causa de incompatibilidad. 



Pleno del Ayuntamiento de Madrid en el Palacio de Cibeles. (Foto: Ayuntamiento de Madrid)

La Sentencia dictada en la instancia estimó el recurso, anulando el Acuerdo de la Junta Electoral Central y concedió el derecho del Cliente a ser repuesto en su cargo de concejal. Previamente se había conseguido suspender la ejecutividad del Acuerdo en favor del Cliente, como medida cautelar. 



Objetivo. Cuestión planteada

Que se acuerde la suspensión de la ejecución de la resolución de la JEC por la que se expide la credencial de concejala del Ayuntamiento, así como de la resolución definitiva finalizadora del procedimiento administrativo seguido a los fines de sustituir a la parte demandante por la en virtud de aquel nombrada como concejala del Ayuntamiento y de cualesquiera otros actos que puedan dictarse para hacer efectivo el contenido de la mismo, por concurrir en el presente circunstancias de especial urgencia, dada la inmediata ejecutividad de la situación acordada y el próximo acto de nombramiento y toma de posesión de la parte demandada que se producirá el 7 de mayo y existir una necesidad en cuanto a la rápida resolución de la solicitud cautelar instada ante la Sala y subsidiariamente y para el improbable caso en que no se tramitase como cautelarísima por no apreciarse la circunstancia de especial urgencia indicada, acuerde continuar la presente pieza de medidas cautelares por los trámites del procedimiento ordinario.



La estrategia. Solución propuesta

La estrategia del abogado se basará en demostrar los siguientes hechos:

  • El carácter recurrible de la Resolución de la JEC.
  • El carácter ostensible o manifiesto de la ilegalidad del acto.

El procedimiento judicial

  • Orden Jurisdiccional: Contencioso – Administrativo.
  • Juzgado de inicio del procedimiento: Tribunal Supremo.
  • Tipo de procedimiento: Procedimiento ordinario.
  • Fecha de inicio del procedimiento: 05-05-2020.

Partes

Parte Demandante

  • Cliente

Parte Demandada

  • Junta Electoral Central

Peticiones realizadas

Parte Demandante

Que se acuerde la suspensión de la ejecución de la resolución de la JEC por la que se expide la credencial de concejala del Ayuntamiento, así como de la resolución definitiva finalizadora del procedimiento administrativo seguido a los fines de sustituir a la parte demandante por la en virtud de aquel nombrada como concejala del Ayuntamiento y de cualesquiera otros actos que puedan dictarse para hacer efectivo el contenido de la mismo, por concurrir en el presente circunstancias de especial urgencia, dada la inmediata ejecutividad de la situación acordada y el próximo acto de nombramiento y toma de posesión de la parte demandada que se producirá el 7 de mayo y existir una necesidad en cuanto a la rápida resolución de la solicitud cautelar instada ante la Sala y subsidiariamente y para el improbable caso en que no se tramitase como cautelarísima por no apreciarse la circunstancia de especial urgencia indicada, acuerde continuar la presente pieza de medidas cautelares por los trámites del procedimiento ordinario.

Parte Demandada

Aprecie la posible nulidad sobrevenida de la Resolución impugnada, a la que esta representación no puede ya oponerse, debido a la revocación  de la Sentencia condenatoria de la que traía causa, en los términos antes expuestos, con desestimación de las restantes peticiones formuladas por la parte actora, singularmente la relativa a la condena en costas a la JEC puesto que como se desprende de lo alegado, la credencial impugnada era plenamente conforme a Derecho, habiendo sido solamente la absolución operada por una sentencia posterior la que ha dado lugar a su invalidez sobrevenida, que en modo alguno ha podido ser apreciada por esta Junta hasta el momento.

Argumentos

Parte Demandada

  • Impunidad del acto recurrido: art. 25.1 LJCA.
  • Presunción de legalidad y acierto de los actos administrativos: art. 39.1 LJCA.
  • Vulneración del art. 47 e) de la LJCA.
  • En que la LOREG en sus arts. 6.2.b) en relación con el art. 6.4 y el ROF en su art. 9.1 en relación al art. 8 regulan situaciones distintas, no incurriendo en contradicción.
  • Absuelto del delito de prevaricación en la modalidad de nombramiento ilegal según sentencia.

Parte Demandante

  • Pretensión de nulidad de la Resolución impugnada: Ley orgánica de Régimen Electoral General y sentencias.
  • Vigencia de los arts. 6.2 y 6.4 LOREG: causa de incompatibilidad que determinaba la pérdida del cargo.
  • Nulidad sobrevenida de la Resolución impugnada: sentencias y artículos 6.2 y 6.4 LOREG.

Normas y artículos relacionados

Documental aportada

Parte Demandante

  • Copia del acto que se recurre (resolución de la JEC).
  • Certificado del apoderamiento apud acta electrónico otorgado  por  el  representado  en  favor  del  Procurador  y  Abogado  en  el  presente actuantes.
  • Acreditación mediante el acto de convocatoria.
  • Copia del Auto de firmeza.

Resolución Judicial

Fecha de la resolución judicial

09-06-2021

Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial

Se estima el Recurso contencioso administrativo interpuesto por la parte demandante. Anular el acuerdo de la JEC recurrido y la certificación expedida. No hacer imposición de las costas, en los términos previstos.

Fundamentos jurídicos de la resolución judicial

  • Arts. 6.2 y 6.4 LOREG.
  • Nulidad de la resolución recurrida: art. 47.1 e) de la LPAC Y 405 Código Penal.
  • Art. 139 LJCA: invalidez jurídica del acto recurrido se produce, no como consecuencia de ilegalidad alguna de la actuación de la JEC, sino por un hecho jurídico sobrevenido, no da lugar a hacer imposición de costas a la JEC.

Jurisprudencia

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Biblioteca

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