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Casos de éxito

Demanda de juicio ordinario para la adquisición de la propiedad mediante usucapión

"El inmueble se inscribió en el registro a nombre de la sociedad X, de la cual María era administradora única"

(Foto: E&J)

Beatriz Bermejo Villa

Socia fundadora de BBM Abogados. Especialista en Mercantil y Civil.




Tiempo de lectura: 5 min



Casos de éxito

Demanda de juicio ordinario para la adquisición de la propiedad mediante usucapión

"El inmueble se inscribió en el registro a nombre de la sociedad X, de la cual María era administradora única"

(Foto: E&J)

  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 13-03-2020
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Derechos reales / Posesión / La usucapión
  • Número: 11538
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: POSESIÓN, PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, REGISTRO DE LA PROPIEDAD, Usucapión y Registro de la Propiedad

Documentos originales presentados



(Foto: E&J)

El caso

Supuesto de hecho

  • SANTANDER, 28-03-2019

Con fecha 13 de julio de 1.994 María suscribió un Contrato de Adjudicación de Reserva para la adquisición de un inmueble. El inmueble se inscribió en el registro a nombre de la sociedad X, de la cual María era administradora única. El referido inmueble se adquirió para ser la vivienda de María haciéndose cargo ella de los gastos de la vivienda, desde que se adquirió hasta la actualidad.



Objetivo: cuestión planteada

Que se dicte sentencia por la que estimando la demanda se declare la titularidad dominical de María sobre la vivienda descrita,  adquirida en su caso por prescripción adquisitiva, declarando que la sociedad X no tiene derecho alguno sobre la misma procediendo a cancelar la inscripción registral que la sociedad tenga a su favor e inscribiendo el derecho de propiedad de María.

La estrategia: solución propuesta

  • El hecho de haber puesto la referida vivienda a nombre de la Sociedad X fue para que dicha sociedad tuviera un domicilio pero lo cierto es que la referida Sociedad Limitada ni pagó cantidad alguna para la adquisición de ésta y nunca tuvo actividad comercial en el mencionado domicilio.
  • Demostrar que fue María la que sufragó el precio de la vivienda, así como todos los gastos que gravaban al referido inmueble y residió en el mismo hasta la actualidad, corriendo con todos los gastos que afectan al mismo.

El procedimiento judicial

  • Orden Jurisdiccional: Civil
  • Juzgado de inicio del procedimiento: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 8
  • Tipo de procedimiento: Procedimiento ordinario.
  • Fecha de inicio del procedimiento: 28-03-2019

Partes

Parte demandante:

  • Doña María.

Parte demandada:

  • Sociedad X.

Peticiones realizadas

Demandante

  • Se dicte sentencia por la que se acuerde reconocimiento o declaración de la propiedad de la vivienda objeto de litis a favor de María mediante prescripción adquisitiva.

Demandada

  • Mediante los trámites oportunos, se dicte Sentencia por la que desestimando íntegramente la demanda interpuesta absuelva a Sociedad X de los pedimentos de la parte actora, con expresa imposición de las costas a la misma.

Argumentos

Demandante:

La actora en su demanda justifica su pretensión de reconocimiento de su alegado derecho de propiedad sobre la vivienda litigiosa manifestando que desde el momento de adquisición de la misma ha sido únicamente ella quien “ha pagado el precio de la misma y todos los gastos inherentes a ella, habitándola en todo momento en concepto de dueña”.



El hecho de haber puesto la referida vivienda a nombre de la Sociedad X fue para que dicha sociedad tuviera un domicilio pero lo cierto es que la referida Sociedad Limitada ni pagó cantidad alguna para la adquisición de ésta y nunca tuvo actividad comercial en el mencionado domicilio.



Demandada:

La actora ni dispone de justo título, ni de la buena fe exigida, ni su posesión es ni ha sido en ningún momento en concepto de dueño, por lo que en modo alguno puede considerarse que haya completado los plazos exigidos legalmente para adquirir, como pretende, la propiedad de la vivienda titularidad de la Sociedad X.

Normas y artículos relacionados

Documental aportada

DOCUMENTOS QUE SE APORTAN

  • 1.- Contrato de Adjudicación de Reserva.
  • 2.- Poder otorgado por Sociedad X.
  • 3.- Constitución de Sociedad Limitada.
  • 4.- Nota del Registro de la Propiedad Nº 2 de Santander con la descripción de la vivienda objeto de litis.
  • 5.- Capitulaciones matrimoniales.
  • 6.- Decreto de divorcio.
  • 7.- Escritura de cese y nombramiento de Administrador único.
  • 8.– Recibos en que Dª Pilar García liquida el precio de la vivienda a Promociones Valle de Mortera.
  • 9.- Cédula de Habitabilidad.
  • 10.– Notificación del alta en el padrón de contribuyentes por el servicio de agua potable, alcantarillado y basuras.
  • 11.- Recibí de Promociones Valles Montesas S.A. la documentación correspondiente para el alta de la vivienda.
  • 12.-Solicitud de entronque para el servicio de agua.
  • 13.- Certificado de empadronamiento.
  • 14.- Certificado de Convivencia.
  • 15.- Certificado de Residencia.
  • 16.- Certificado del Servicio Municipal de Aguas.
  • 17 al 68.- Documentación acreditativa de los pagos efectuados por la actora e inherentes al inmueble objeto de litis.
  • 69.- Extracto de la cuenta corriente de la demandante de su Banco.
  • 70.- Informe Pericial sobre el valor del inmueble.

Prueba

  • La misma que la documentación.

Estructura procesal

Demandante 

La existencia de prueba suficiente de que ha sido María quien ha sufragado todos los gastos de la vivienda desde su adquisición, hace mas de 23 años. La inscripción en el registro de la propiedad a nombre de la sociedad, se debe a procesos meramente formales de la sociedad a la hora de darle un domicilio a la misma.

Demandada:

La posesión del inmueble se debe a una tolerancia del verdadero dueño del mismo, derivado de la relación madre- hijo. Ello implica la total ausencia de los requisitos legal y jurisprudencialmente exigidos para que quepa reconocer la pretendida prescripción adquisitiva (usucapión) a favor de la actora y debe determinar la íntegra desestimación de su demanda.

Resolución Judicial

Fecha de la resolución judicial: 13-03-2020

Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:

  • Que estimando la Demanda interpuesta por María contra la Sociedad X, debo declarar la titularidad dominical de la actora sobre la Finca descrita.

Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:

De un análisis de toda la prueba practicada,esencialmente la documental, entiendo que sí ha quedado debidamente
acreditada la concurrencia de los requisitos legalmente exigidos para poder apreciar la usucapión o prescripción adquisitiva, pues hay datos objetivos que permiten afirmarlo, así es cierto que registralmente la finca está a nombre de una sociedad, sociedad que constituye la actora mediante poder otorgado por su hijo, siendo los dos administradores hasta el año 2018 que es cesada la actora. La actora otorga capitulaciones para la separación de bienes, antes de adquirir la finca en nombre de la sociedad, quien lleva a cabo todas las gestiones relativas a la finca para su adquisición, es la actora, pero no en nombre de la sociedad, sino en su propio nombre, así se desprende de todos los documentos presentados, desde la reserva hasta los pagos y liquidación de precio. El demandado afirma en el acto del juicio que lo pagó él, pero nada acredita en ese sentido, ni pagados por él a nivel particular, ni pagados por la sociedad, la actora sí lo acredita.

Jurisprudencia

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