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Brexit: procedimientos para que trabajadores británicos eviten situaciones de irregularidad

Ana Millán Morán

Asociada en ECIJA




Tiempo de lectura: 3 min

Publicado




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Brexit: procedimientos para que trabajadores británicos eviten situaciones de irregularidad

  • Según datos del INE en noviembre de 2019, casi 72.000 británicos desarrollan su actividad laboral en España, ¿conocen las empresas cuáles son los procedimientos que deben seguir sus trabajadores británicos para que esta situación les afecte lo menos posible?


Antes del Acuerdo de Retirada firmado entre el Reino Unido y la Unión Europea en febrero de este año, los británicos que decidieran residir y trabajar en España, tenían que tramitar el ‘’Certificado de Miembro de la Unión Europea’’ como cualquier otro ciudadano europeo. Su obtención no era compleja siempre y cuando se pudiera demostrar que se contaban con medios económicos suficientes para residir en nuestro país (demostrables con contratos de trabajo, ahorros, prestaciones de jubilación…etc.). Sin embargo, ¿Qué validez tienen ahora estos certificados? ¿cuál será el procedimiento a seguir tras el 1 de enero de 2021?  A continuación, exponemos las distintas situaciones en las que pueda encontrarse un ciudadano británico que resida o pretenda residir en España:

  • Residencia en España durante más de 5 años. Aquellos nacionales británicos que hayan estado en posesión del ‘’certificado de Miembro UE’’ más de 5 años podrán acceder directamente a la residencia permanente antes de que expire la validez de su documento, solicitando la expedición de un nuevo documento de residencia en las oficinas competentes, que lo expedirán de forma automática si se cumplen los requisitos. Este nuevo documento de residencia tendrá una validez de 10 años y en el campo correspondiente al Tipo de Permiso se consignará el término «Permanente»
  • Residencia en España ANTES del 6 de julio 2020. Desde el 6 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2020, los ciudadanos británicos que cuenten con un ‘’Certificado de miembro de la UE’’, así como sus familiares que dispongan de una ‘’Tarjeta de Familiar de Comunitario de la UE’’ (incluyendo aquellos que, sin tener la tarjeta física, hayan obtenido la resolución favorable de concesión), pero que no cumplan con los 5 años para solicitar la residencia de Larga Duración, no verán modificada su condición de residente y mantendrán los derechos que tenían hasta ahora. Sin embargo, resulta necesario que tramiten su nueva tarjeta de residencia asociada al acuerdo de retirada, mediante cita previa en la oficina de extranjería o comisaría de policía competente.
  • Residencia en España DESPÚES del 6 de julio de 2020. Si el nacional del Reino Unido no es titular de un certificado de registro, podrá presentar la solicitud de este documento de residencia, personalmente o por su representante, en la oficina de extranjería de la provincia en la que resida o pretenda fijar su residencia, o mediante medios electrónicos. La solicitud deberá ser aprobada por la oficina competente, valorando la documentación aportada. Esta posibilidad finaliza el 1 de enero ya que, a partir de dicha fecha, a los británicos se les aplicará el régimen de extranjería general.
  • Residencia en España a partir del 1 de enero 2021. A partir de esa fecha y salvo acuerdo en contrario, los británicos que deseen ser contratados en España tendrán que optar por alguna de estas dos vías:
    1. Permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena. Para lo cual, el solicitante deberá contar con una oferta de empleo que encaje dentro de las ocupaciones previstas en el Sistema Nacional de Empleo (SNE) o bien probar que el solicitante está exento de la aplicación de dicho sistema y puede ser contratado con cualquier oferta de empleo.
    2. Permiso de Trabajador Altamente Cualificado. Para tramitar este permiso se requiere contar con estudios superiores relacionados con el puesto ofertado y que la oferta de empleo conlleve un salario elevado (más de 54.000.-€ anuales para directores y gerentes y más de 40.000.-€ para otros profesionales).

A 15 días de la salida definitiva del Reino Unido de la Unión Europea aún quedan muchos interrogantes y numerosas empresas desconocen qué procedimientos deben seguir sus trabajadores británicos ni qué consecuencias pueden tener si cuentan con trabajadores en situación irregular dentro de su plantilla. Are you ready for Brexit?



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