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Noticias Jurídicas

Cronología del IRPH en los préstamos de viviendas protegidas

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Cronología del IRPH en los préstamos de viviendas protegidas

Octubre de 2017



El Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, recomendaba al Ministerio de Fomento promover la supresión del IRPH Entidades como índice oficial de referencia en los préstamos destinados a financiar la compra de vivienda protegida. Proponía que dicho índice se sustituyese por el Euribor u otro índice oficial, para corregir los efectos de cláusulas potencialmente abusivas.

En opinión del Defensor del Pueblo, los préstamos convenidos para viviendas de protección oficial se gravaron doblemente desde que se modificase la normativa que eliminó las ayudas y subvenciones en los distintos planes estatales de vivienda y se aplicase el IRPH Entidades.



Por último, recordaba que la Unión Europea ya ordenó eliminar el IRPH en 2009 al existir numerosas sentencias que lo declaraban nulo al considerar que los bancos habían influido indebidamente en cómo se fijaba aquel.

¿La respuesta del Ministerio de Fomento? Recomendación rechazada.



Noviembre de 2017

La Comisión de Fomento del Congreso de los Diputados aprobaba la Proposición No de Ley (presentada por el PSOE) que instaba al Gobierno a retirar el IRPH como indicador de referencia de los préstamos hipotecarios protegidos VPO, y sustituirlo por otro indicador o procedimiento de cálculo “más justo y orientado a su función social”.



Marzo de 2020

Coincidiendo con el pronunciamiento del TJUE en materia de IRPH en el asunto C-125/2018, otra vez, el Defensor del Pueblo, con los mismos argumentos que en 2017 y “en atención a la línea jurisprudencial que tiende a consolidarse”, estimaba conveniente “que se promoviesen las modificaciones normativas oportunas para sustituir la aplicación del IRPH Entidades por el Euribor en los préstamos convenidos, con el fin de corregir los efectos de cláusulas potencialmente abusivas”.

¿La respuesta del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana? Recomendación rechazada.

Junio de 2020

La Coordinadora Nacional de Plataformas de Afectados VPO lamentaba tal decisión porque consideraba que “contradice la trayectoria del PSOE en tiempos de oposición”. Asimismo, avisaba que volvería a insistir “para que entren en razones, pues no se puede consentir el abuso reiterado de la banca con el beneplácito de los políticos que dicen ayudar a los que más lo necesitan”. Por último, hacía hincapié en que “la Vivienda de Protección Oficial tiene los intereses más altos del mercado de la vivienda en España”.

Hoy: “abuso regulado”, “ayuda encubierta” y sin opción a litigar

Los miles de afectados no tuvieron (ni tienen) en ningún momento la opción a negociar el tipo de interés de su préstamo hipotecario, puesto que venía impuesto por el Plan de Vivienda.

No había otra alternativa. Algunos lo llaman «abuso regulado» ya que es el propio legislador el que lo establece. Otros lo denominan una «ayuda encubierta» del propio Estado a la banca, en tanto que la entidad financiera se beneficia de un tipo de interés mucho más alto que el que opera en el mercado.

Por otra parte, tampoco hay posibilidad de recurrir estos tipos abusivos por la vía judicial, al menos en la práctica. A diferencia de los afectados del IRPH de la vivienda “libre”, los de la vivienda protegida no pueden litigar contra la entidad financiera, pues es el propio plan de vivienda, un decreto, el que impone tal tipo.

No otra opción para el actual Gobierno: coherencia ideológica con lo defendido activamente en la oposición durante años o mantener el «abuso regulado» como mejor aliado de la banca.

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