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Derecho Laboral

¿Cuánto costará a los despachos las nuevas cargas administrativas por teletrabajo?

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Derecho Laboral

¿Cuánto costará a los despachos las nuevas cargas administrativas por teletrabajo?



El pasado miércoles se publicaba en el BOE el esperadísimo Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia.

Entre las medidas allí adoptadas más reseñables y que está generando mayor debate en el sector jurídico, ha sido la responsabilización al empresario como único sujeto obligado de dotar y mantener adecuadamente todos los medios, equipos y herramientas necesarios para el desarrollo de la actividad laboral de sus trabajadores a distancia, así como de sufragar o compensar todos los gastos relacionados con aquellos.



Aunque deja en el tejado de la negociación colectiva como el mecanismo para la determinación, compensación o abono de estos gastos, la ambigüedad de la norma ha generado muchísimas dudas en el sector empresarial. ¿Cómo se calcula el pago de la parte proporcional del wifi? ¿Y del uso de línea? ¿y el agua? ¿Y el consumo de energía? ¿Y si facilito una silla ergonómica y esta también es usada para otro uso no profesional?

Más las cargas administrativas

No suficiente con ello y según se desprende de la memoria de impactos que acompaña al RDL recientemente probado, se estima que en nuestro país trabajará a distancia con carácter regular uno de cada cinco trabajadores. Fruto de lo anterior, el Ministerio de Trabajo y Economía Social cifra en 790 millones de euros al año el coste que tendrán que afrontar las empresas en cargas administrativas a partir de la nueva regulación del teletrabajo.



Conforme a los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA), en el pasado 2019 sólo un 8,3% de los trabajadores teletrabajaba. No obstante, con la llegada de la pandemia y el cambio obligado de modelo laboral, ha triplicado aquel porcentaje llevándolo al 30%, según la encuesta de Eurofound.



Siguiendo tales estimaciones, el Banco de España apunta que serán siete de cada diez trabajadores los que podrían acabar teletrabajando, al menos ocasionalmente. Así, Trabajo estima en el 20% de la población ocupada a efectos de los acuerdos de teletrabajo que deben ser comunicados, 3,72 millones de trabajadores conforme a la extrapolación a partir de la EPA del segundo trimestre del año.

En concreto, a partir de tales cifras, al Ministerio de Trabajo y Economía Social le resultan la ya citada cantidad de 790 millones de euros de la suma del coste de los distintos trámites administrativos, siendo el más costoso el previsto en el art. 6 del RDL que regula el deber de la empresa de “entregar a la representación legal de los trabajadores una copia de todos los acuerdos a distancia y de sus actualizaciones”. Consecuencia de lo anterior, si el coste se estima en 100 euros y su frecuencia de envío es de una vez al año, resulta una cantidad total de 372 millones al año en ese mero trámite administrativo.

Asimismo, “dicha copia se enviará a la oficina de empleo”. Un nuevo coste que alcanzará los 14,8 millones considerando que el coste unitario estimado es de 4 euros por cada envío.

“La empresa informará a estas personas que trabajan a distancia y a la representación legal de las personas trabajadoras de los puestos de trabajo vacantes de carácter presencial que se produzcan”. Así anuncia el art. 8.2 del RDL. En la misma línea y consecuencia del cumplimiento de tal obligación de información por parte del empresario, se estipulan otros 186 millones de coste que asumirán estos últimos.

“Las personas que trabajan a distancia tendrán derecho, en los mismos términos que las que prestan servicios de forma presencial, a la promoción profesional, debiendo la empresa informar a aquellas, de manera expresa y por escrito, de las posibilidades de ascenso que se produzcan, ya se trate de puestos de desarrollo presencial o a distancia”. Así es la literalidad del art. 10 del RDL. Una nueva obligación de información que deberá asumir el empresario y cuyo coste estimado se eleva a 124 millones de euros al año.

Por último, el art. 16.2 del RDL responsabiliza otra vez en el empresario la emisión de un nuevo informe escrito en materia de riesgos laborales de la persona que trabaja a distancia y su posterior entrega al trabajador y a los delegados de prevención. En este caso el coste de dicho informe se calcula en 93 millones, que agregado a todas las estimaciones anteriores resultaría la provocativa cifra total ya citada de 790 millones de euros como cargas administrativas que asumirán las empresas anualmente fruto de la nueva regulación del teletrabajo.

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