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Noticias Jurídicas

¿En qué consiste la prisión permanente revisable?

La prisión permanente revisable condena delitos de considerable peligro, así lo recoge el artículo 33 del Código Penal

(Diseño: E&J)

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¿En qué consiste la prisión permanente revisable?

La prisión permanente revisable condena delitos de considerable peligro, así lo recoge el artículo 33 del Código Penal

(Diseño: E&J)



«Se introduce la prisión permanente revisable para aquellos delitos de extrema gravedad, en los que los ciudadanos demandaban una pena proporcional al hecho cometido», señala el Código Penal tras su reforma en 2015.

El 30 de marzo de 2015 se instauró en el ordenamiento jurídico de nuevo, la pena de prisión permanente revisable, causando un debate social que continúa en la actualidad.



Tras su aprobación los diputados de diferentes partidos políticos presentaron un recurso ante el TC, al considerar que era «una cadena perpetua encubierta».



A la hora de tratar esta condena se ha de tener en cuenta el artículo 25. 2 de la Constitución española, donde se estable que «las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados».

(FUENTE: Economist & Jurist)



Casos en los que se aplica la prisión permanente revisable

Los delitos considerados muy graves son aquellos en los que se condena al reo a prisión permanente revisable:

  • Asesinato de un menor de 16 años o persona especialmente vulnerable.
  • Asesinato subsiguiente a un delito contra la libertad sexual.
  • Crimen cometido por un miembro de una organización criminal.
  • Asesinato múltiple.
  • Asesinato terrorista.
  • Homicidio contra la corona,  jefe del Estado o heredero.
  • Homicidio de jefes de Estado extranjeros.
  • Genocidio o crímenes de lesa humanidad.

Casos en los que se puede suspender la prisión permanente revisable

Para que una condena de prisión permanente revisable quede suspendida, tal y como recoge el artículo 51 del Código Penal, se deben cumplir las siguientes condiciones:

  • Cumplir 25 años de la condena.
  • Tener el tercer grado.
  • Por último, otro de los requisitos necesarios, será disponer de un pronóstico favorable de reinserción
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