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Derecho Laboral

Es improcedente despedir a un trabajador por buscar otro empleo mientras está de baja médica

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha fallado que explorar la salida de una empresa con colocación en otro establecimiento no supone un acto de competencia desleal, aún cuando esto ocurra mientras el trabajador cursa una incapacidad temporal

(Foto: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 3 min



Derecho Laboral

Es improcedente despedir a un trabajador por buscar otro empleo mientras está de baja médica

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha fallado que explorar la salida de una empresa con colocación en otro establecimiento no supone un acto de competencia desleal, aún cuando esto ocurra mientras el trabajador cursa una incapacidad temporal

(Foto: E&J)



El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña ha dictado sentencia declarando improcedente el despido de un trabajador que, mientras cursaba una baja por incapacidad temporal en la empresa en la que prestaba servicios como gerente director de un hotel, realizó actividades laborales para otra compañía competencia de su empleadora.

La Sala de lo Social ha considerado que la decisión del trabajador de buscar otro empleo mientras estaba de baja médica no vulnera la buena fe contractual ni justifica el despido disciplinario que la empresa aplicó al trabajador, y por ello, tras considerar nulo el despido, la sentencia emitida obliga a readmitir al empleado en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, así como el abono de los salarios que ha dejado de percibir, o a indemnizar al empleado en cuantía de 24.976 euros.



El actor, que ocupaba el puesto de director de un hotel que estaba en proceso de liquidación, empezó a intercambiar correos electrónicos con otra compañía hotelera que sondeaba su incorporación cuando el trabajador estaba en una situación de incapacidad temporal (IT) con su empleadora. El trabajador estuvo de baja médica desde abril de 2021 con los diagnósticos de Covid19, neumonía de recuperación y agorafobia, aunque desde mayo el único diagnóstico que persistía era el de agorafobia.

En septiembre de ese mismo año la dirección de la empresa tomó la decisión de rescindir su relación laboral con el empleado, procediendo a su despido disciplinario por la causa de que, la empresa ha tenido constancia de que el empleado ha estado prestando servicios laborales para otra empresa, encima competencia, mientras estaba de baja médica.



El empleado formuló demanda contra las mercantiles que le despidieron, pero el Juzgado de lo Social desestimó la demanda al considerar que el despido no era nulo por no responder a la situación de incapacidad temporal y emitió sentencia declarando la procedencia del despido al apreciar la concurrencia de transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza por haber desarrollado el actor actividades incompatibles con la situación de IT que además suponían competencia desleal. Las pruebas en las que se apoyo la Sala de Primera Instancia se basaban en el intercambio de correos electrónicos entre el empleado y la otra empresa.



La búsqueda de empleo mientras estaba de baja médica en una empresa no vulnera la buena fe contractual ni justifica el despido disciplinario (Foto: E&J)

Es nulo el despido disciplinario

Contra dicha sentencia el demandante recurre en suplicación, elevando los autos al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el cual, tras analizar profundamente todos los hechos del caso ha considerado que la negociación en la que participó el actor con la compañía diferente de la que estaba empleado y cursando la baja médica, no vulnera la buena fe contractual. De tal modo que el TSJ ha corregido el fallo emitido por el juzgador al dictar que la compañía demandada se extralimitó aplicando un despido disciplinario al trabajador.

Los magistrados del TSJ han considerado que el hecho de que el actor intercambiara correos electrónicos con otra empresa no supone trabajar en tareas propias de la profesión de director comercial ya que, no desarrolló las mismas tareas que si ejercía en la empresa demandada. Pues, las funciones de gerente de un hotel “no equivalen a recibir unos correos electrónicos, contestando con apenas unas líneas ni, tampoco, es asimilable a formar parte, de manera más o menos intensa, de negociones preliminares para acabar poniendo en marcha un hotel”.

Por otra parte, la Sala tampoco aprecia competencia desleal por parte del trabajador ya que no consta acredita la existencia de ningún pacto específico al respecto y la mera participación en conversaciones que podrían llevar al trabajador a cambiar de empresa no supone un acto de tal calibre. El hecho de que el trabajador aproveche durante una situación de IT para explorar su salida de la empresa con colocación en otro establecimiento no supone un acto de competencia desleal, sino una mera prospección de alternativas laborales futuras.

Toda persona tiene derecho a progresar en su carrera profesional y, por tanto, a contemplar y explorar las opciones que se le pueden presentar incluso en su mismo sector de actividad”, recoge la sentencia, pudiendo incluso hacerlo durante una situación de IT como ocurre en el presente caso.

El TSJ de Cataluña ha fallado que la empleadora se extralimitó al aplicar un despido disciplinario (Foto: Wikipedia)

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