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Noticias Jurídicas

Justicia convocará 245 becas para oposiciones a juez, fiscal, LAJ y abogados del Estado

Cada ayuda estará dotada de 6.611 euros anuales y primarán los criterios de renta familiar para recibirlas

Pilar Llop, ministra de Justicia (Foto: Moncloa)

Tiempo de lectura: 3 min

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Justicia convocará 245 becas para oposiciones a juez, fiscal, LAJ y abogados del Estado

Cada ayuda estará dotada de 6.611 euros anuales y primarán los criterios de renta familiar para recibirlas

Pilar Llop, ministra de Justicia (Foto: Moncloa)



El Ministerio de Justicia va a convocar 245 becas para la preparación de las pruebas de acceso a las carreras judicial y fiscal, al cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia (LAJ) y al cuerpo de abogados del Estado. La dotación global de estas ayudas será de 1,6 millones de euros.



Cada una de estas ayudas tiene periodicidad anual y existe la posibilidad de que la beca pueda ser renovada hasta en tres ocasiones. Cada una de las ayudas contará con una dotación de 6.611 euros anuales. Según ha adelantado el Ministerio de Justicia, el grueso de las ayudas, 173, corresponderán a la preparación de las oposiciones para las carreras judicial y fiscal. Para el cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia habrá 60 y un total de 12 becas para preparar las oposiciones para el cuerpo de abogados del Estado.

Para la concesión de estas ayudas primará como criterio principal la menor renta familiar, teniendo también en cuenta la condición de víctimas de violencia de género y/o de terrorismo, así como la superación de exámenes propios del proceso selectivo. Igualmente, se reserva un cupo del 5% para aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.



Entre los requisitos exigidos, se contempla la necesidad de preparar la oposición bajo la dirección de personas que pertenezcan a la carrera o cuerpo al que se aspira acceder, o bien de un centro de preparación, y será necesario una justificación trimestral del cumplimiento de la actividad objeto de la beca.



Imagen de un examen de oposición para juez. (Foto: CGPJ)

La resolución de convocatoria de las becas se publicará en el segundo trimestre del presente año y está previsto que el proceso de concesión se desarrolle en un máximo de cuatro meses.

Con respecto de estas ayudas, la ministra de Justicia, Pilar Llop, ha manifestado que servirán para “democratizar el acceso a estas carreras» y que responden al “compromiso del Gobierno con las generaciones más jóvenes que están en una situación muy complicada para encontrar las salidas profesionales que desearían».

El Gobierno ya anunció el pasado mes de octubre que estaba preparando un programa de becas que sirviera de estímulo para los aspirantes a juez, fiscal, abogado del Estado y LAJ. Entonces, la ministra aseguraba que “es muy importante que estas personas con vocación de servicio público, de impartir justicia o dedicarse al mundo del derecho puedan acceder en igualdad de oportunidades”. “De otro modo muchos de ellos no podrían planteárselo porque en sus familias u hogares tienen algún tipo de dificultad que les impediría ese acceso”, señalaba Llop.

Esta es una medida que llevaban reclamando desde hace tiempo organizaciones de jueces, alguna de las cuales tienen ya sus propios programas de becas, dado que tenían muy claro que algunos aspirantes a juez podían tener dificultades para preparar la oposición.

En este sentido, la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) presentó el año pasado un amplio y detallado informe sobre las oposiciones para acceder a la carrera judicial en España. El informe, elaborado por los magistrados Francisco Pleite y Luis Sanz Acosta y el juez Rafael Herreros, los tres miembros de esta organización, pone cifras al esfuerzo económico y personal que conlleva preparar esta oposición, pues la práctica totalidad de los aspirantes (casi el 95%) reconoce que necesita apoyo económico de su familia para pagar los entre 100 y 300 euros mensuales que cuesta preparar una oposición en la que se tardan entre cuatro y cinco años de media.

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Anonymous
1 año atrás

Becas anticonstitucionales para mantener atadas y bien atadas por Juramento las leyes franquistas de Funcion Publica en todas las Academias de Preparación de oposiciones memoristicas de Jueces, Fiscales, LAJs, Abogados del Estado, Notarios, Registradores, TACE, Universidades, Consejo de Estado, Banco de España, Cultura, Educación, Autonomías, Ayuntamientos, Reales Academias,Inspectores de Hacienda,TSS, Policías, Interventores, FFAA…

Insistimos en la Alerta de flagrante y continua Anticonstitucionalidad del Estado DDT De Derecho Torcido español a todos sus Garantes Ministros de Educación, Justicia, Sanidad, Universidades, Hacienda Función Pública, Cultura, TC,TCu,Defensor del Pueblo,CGPJ, TS,TSJ, Consejo de Estado, Magistrados, Fiscales, Abogados del Estado, Catedraticos…por haber jurado guardar y hacer guardar la Constitución y sus leyes derivadas, no las franquistas.

Desde 1978 todas las leyes de Función Pública estatal, autonómica, local, civil judicial institucional, universidades, policías, maestros, sus ofertas públicas de empleo, las convocatorias de oposiciones y concursos, los tribunales, las pruebas, los programas, las listas negras de admitidos y excluidos, los nombramientos, las tomas de posesión, los requisitos de acceso y nombramiento y toma de posesión de empleos y cargos públicos del art. 56.1.d.EBEP 7/2007 TREBEP 2015 y variantes bajo el irracional Juramento de Exclusión Totalitaria Anticonstitucional J.E.T.A. Franquista de virginidad sancionadora de

«NO HABER SIDO SEPARADO DE SERVICIO,NI DESPEDIDO, NI ESTAR INHABILITADO…»

son nulas radicales porque violan derechos fundamentales de todos los ciudadanos por ser sanciones perpetuas, inicuas, ilícitas de muerte civil de tribunales de honor prohibidas por art.10, 15, 18, 23, 24, 25, 26 CE.

Además dichas leyes deben de tener rango orgánico y presupuesto para indemnizar a las víctimas exiliadas, excluidas y sus familias, y deben tener Dictamen preceptivo del Consejo de Estado.

Además todos los funcionarios Catedráticos, Letrados, Abogados Magistrados,… deben abjurar de ese Juramento franquista violador de Derechos Fundamentales pues es incompatible con el Juramento de

«CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LA CONSTITUCION Y EL ORDENAMIENTO JURIDICO DERIVADO»

Además el Estado debe pedir responsabilidades de estos 44 años de incumplimiento pactado e impune de la Constitución manteniendo vigente atado y bien atado el franquismo y sus leyes totalitarias de Función Pública con penas y sanciones perpetuas de muerte civil de separados de servicio por Tribunales de Honor manteniendo un estado de excepción y suspensión perpetua de DDFF desde 1978 represaliados a quienes disintiesen declarandoles «enemigos del pueblo» , «perturbadores de la justicia en el territorio», «separados de servicio», «despedidos»,»inhabilitados»…debiendo exiliarse para sobrevivir, no enloquecer y suicidarse

España, Polonia y Hungría están advertidas por la UE de su deficiente democracia y de que deben cumplir el orden jurídico de la UE y si no lo cumplen pueden ser multadas y privadas de los fondos Next Generation.

Recordemos que los Letrados y resto del personal del Consejo de Estado, los Abogados del Estado, Economistas del Estado, los TACE, los Catedraticos…que ocupan altos cargos de gobierno español y de la UE deben ser cesados por mantener las leyes mordaza de separación de servicio de Tribunales de Honor

El reciente libro del magistrado Font sobre «la patria y la cartera» alerta de esa prórroga del franquismo y sus leyes como causa de la corrupcion impunemente tolerada en la falsa transición.

El ex fiscal Jiménez Villarejo y el Magistrado Doñate en su libro «Jueces pero parciales» inciden en esa prórroga del franquismo y sus leyes como causa de la impunidad y tolerancia de la corrupción.

La Comisión de Ética Judicial es incompatible pues está formada por 2 Magistrados del TS, Magistrados, un Juez y un Catedrático en su caso en cuestión porque no han abjurado del J.E.T.A. FRANQUISTA, LO HAN EXIGIDO EN TRIBUNALES DE OPOSICIONES, LO HAN APLICADO EN EXPEDIENTES DE SEPARACION DE SERVICIO y no han cuestionado las leyes totalitarias vigentes de FP ni los aberrantes temarios de oposiciones memoristicas ni los manuales erróneos de derecho sancionador que debían corregir todas las editoriales y revistas juridicas

Recomendamos la lectura integra del Dictamen de 26-4-2022 y otros de la Comisión de Ética Judicial en cuestión por no haber denunciado ningún juez o tribunal ni cuestionado ante el TC y TJUE la prórroga de las leyes y Juramentos de Exclusión Totalitaria Anticonstitucional J.E.T.A. Franquista de Muerte Civil de separados de servicio, despedidos e inhabilitados , que el mismo Dictamen impone a los jueces u magistrados docentes , preparadores, y blogueros con conflicto de intereses y de juramentos incompatibles como jueces y como docentes, notarios, registradores, abogados del estado, …en sus obras académicas, en sus altos cargos de gobierno y en sus sentencias para no politizar la justicia en favor del independentismo, y cuyas conclusiones transcribimos :

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«….10. Por último, ha de ponerse de manifiesto que, a sensu contrario, estas conductas suponen una vulneración del apartado 21 de los principios de ética judicial.

Dicho apartado, que viene a decir que

“ Cuando la democracia, el Estado de Derecho y las libertades fundamentales se encuentren en peligro, la obligación de reserva cede en favor del deber de denuncia ”,

claramente está poniendo de manifiesto a los jueces y juezas que integran la Carrera Judicial, que en ningún caso pueden admitirse, cuando intervienen en los medios de comunicación o en redes sociales, expresiones o manifestaciones que puedan constituir un riesgo contra el Estado de Derecho, el orden constitucional y la propia democracia. 

Recordemos que el considerando quinto de los Principios de Bangalore dice:

“ que una judicatura competente, independiente e imparcial es igualmente esencial si los tribunales han de desempeñar su papel de defensores del constitucionalismo y del principio de legalidad “. 

IV. CONCLUSIÓN A la vista de lo anterior, emitimos la siguiente opinión:

i) Los jueces y juezas, como cualquier ciudadano, gozan de la libertad de expresión, y como tales pueden intervenir en las redes sociales y medios de comunicación.

 ii) La intervención de los jueces en dichos medios ha de estar presidida por el respeto a l os principios de independencia, integridad, imparcialidad y transparencia. 

iii) El ejercicio de la libertad de expresión ha de realizarse con la prudencia y moderación necesarias para preservar su independencia y apariencia de imparcialidad, y con el respeto a la neutralidad política.

iv) Los jueces y juezas deberán especialmente evitar que sus expresiones en tales medios puedan inducir a creer a la sociedad receptora de las mismas que la justicia está politizada, contribuyendo de este modo a una falta d e confianza de los ciudadanos en la justicia, en el sistema judicial y en los órganos jurisdiccionales que lo integran.

v) Los jueces y juezas han de tener en consideración, igualmente, que esta clase de expresiones pueden suponer una vulneración del compromiso de orden moral y de lealtad a los principios que asumieron cuando prestaron el juramento o promesa exigidos por la Ley Orgánica del Poder Judicial.

vi) En ningún caso pueden estar amparadas por el principio de libertad de expresión aquellas manifestaciones por parte de los jueces y juezas en redes sociales y medios de comunicación que atenten de forma grave contra el Estado de Derecho, el orden constitucional y la propia democracia.»
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