La cesión gratuita de derechos de autor a los hijos tributa en Donaciones por su valor de mercado
La transmisión lucrativa 'inter vivos' de propiedad intelectual devenga el impuesto al formalizarse la aceptación y debe valorarse por el precio entre partes independientes
(Imagen: E&J)
La cesión gratuita de derechos de autor a los hijos tributa en Donaciones por su valor de mercado
La transmisión lucrativa 'inter vivos' de propiedad intelectual devenga el impuesto al formalizarse la aceptación y debe valorarse por el precio entre partes independientes
(Imagen: E&J)
La Dirección General de Tributos (DGT) aclara que la transmisión lucrativa inter vivos de la totalidad de los derechos de autor que un progenitor ostenta en favor de sus descendientes está sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. En consecuencia, los hijos adquirentes deben liquidar el tributo atendiendo al valor de mercado de la propiedad intelectual cedida minorado, en su caso, por las cargas deducibles que graven los derechos transferidos.
Este pronunciamiento de la DGT, que resulta de interés para la planificación patrimonial de autores, creadores y artistas, delimita los elementos configuradores del hecho imponible en este tipo de activos intangibles, al mismo tiempo que precisa el momento exacto en el que opera el devengo del Impuesto con arreglo a las exigencias civiles de perfeccionamiento del contrato de donación.
...
Una abogada con 26 años de antigüedad es despedida por teletrabajar nueve días en agosto sin autorización de la empresa
Ver la noticia completa →
Procedente el despido de un trabajador por usar la IA y aprovechar su jornada laboral y los recursos de la empresa para prestar servicios para otras compañías
Ver la noticia completa →




