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Reunido el Pleno del Tribunal Supremo para decidir sobre el IRPH

Sala Primera del Tribunal Supremo. (Foto: Tribunal Supremo)

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Reunido el Pleno del Tribunal Supremo para decidir sobre el IRPH

Sala Primera del Tribunal Supremo. (Foto: Tribunal Supremo)

  • En estos precisos instantes, el Pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo está reunido para abordar la legalidad del polémico Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH).


En una jornada histórica y tras producirse un retraso de más de 20 días a razón de que el presidente de la Sala debía guardar cuarentena, sobre la mesa están cinco recursos que fueron admitidos a trámite, a partir de los cuales se condicionará la admisibilidad de los siguientes casos y la transparencia o nulidad.

El impacto económico

Se calcula que hay entre medio millón y un millón y medio de afectados por el índice, en base a los cálculos de las diferentes asociaciones de consumidores. El empleo del IRPH en lugar del Euribor supone un coste superior de entre 18.000 y 21.000 euros por hipoteca, según cálculos del Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Barcelona, quien introdujo la cuestión ante el TJUE.



Por su parte, ocho bancos (Santander, BBVA, CaixaBank, Bankia, Sabadell, Liberbank, Unicaja y Kutxabank) se juegan tener que revisar el IRPH, el índice con el que todavía hoy cobran hipotecas cuyo saldo vivo es de 14.441 millones. El alto tribunal tendrá que decidir si se comercializaron incorrectamente, por lo que los bancos deberían devolver dos puntos en el tipo de interés.

Escenarios posibles

  1. Es posible que se defina como abusivo y nulo, decretando la subsistencia del contrato, pero de forma gratuita. Así lo reconoció la Audiencia Provincial de Toledo en su pionera sentencia nº 267/2020, de 29 de abril. El banco, en caso de nulidad, tendría que devolver al cliente todos los intereses abonados en concepto de IRPH y, desde ese momento en adelante, no se aplicaría ningún otro interés salvo que esté reflejado en las escrituras, que sólo podría ser el diferencial o, de haberlo, un sustitutivo.
  2. Otro pronóstico es el de su sustitución por un índice distinto de referencia, como el Euribor. Así, se recalcularía la hipoteca y se devolverían a los afectados las cantidades abonadas de más. En relación a esta posibilidad de sustitución por el Euribor se pronunciaba, hace apenas un mes, la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Málaga.
  3. “Ahuyentar” y prolongar la decisión y elevar una nueva cuestión prejudicial al TJUE, es otra alternativa posible.
  4. Por último, la poco probable, según los expertos, declaración de la prescripción de la acción de reclamación.

Medios de comunicación, despachos de abogados, asociaciones de consumidores, jueces, entidades financieras, el propio Gobierno y, por supuesto, los particulares afectados, esperan con ansia el pronunciamiento del Tribunal Supremo.



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