Connect with us
Noticias Jurídicas

Ya se puede tramitar el bono social conforme al Real Decreto Ley 15/2018

Tiempo de lectura: 3 min

Publicado




Noticias Jurídicas

Ya se puede tramitar el bono social conforme al Real Decreto Ley 15/2018



Conforme a la nueva normativa publicada sobre medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores, desde enero los ciudadanos ya pueden tramitar el bono social conforme a los criterios que se establecen 

Una vez comience 2019, cualquier ciudadano puede tramitar el bono social en cualquier momento y, si cumple los criterios, podrá beneficiarse de las rebajas del 25% o 40% en la factura estipulados por la normativa.



Según los últimos datos disponibles, se han recibido más de un millón y medio de solicitudes completas, de las cuales más un millón ya tienen activado el bono social eléctrico. Estos hogares recibirán además un bono adicional para sufragar los gastos de calefacción durante el próximo invierno. Esta medida, unida a la ampliación de los criterios de renta para acceder al bono y la extensión de la prórroga para renovar el antiguo bono social hasta el 31 de diciembre, fue introducida por el Gobierno el pasado mes de octubre, mediante el Real Decreto Ley 15/2018, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores.

En 2017, la regulación del bono social se modificó para incluir el criterio de renta en su proceso de concesión. Hasta entonces, el bono se aplicaba a los usuarios con contratos de baja potencia (3 Kw), lo que incluía otras realidades diferentes a los hogares expuestos a vulnerabilidad como, por ejemplo, pisos vacíos, locales o viviendas vacacionales.



Prohibición de corte de la luz

El Real Decreto Ley 15/2018 también ha flexibilizado la forma en la que los usuarios pueden disponer de los descuentos para, por ejemplo, hacer frente a los mayores gastos de luz en invierno. De igual modo, prohíbe el corte de suministro en los hogares acogidos al bono social donde viva al menos un menor de 16 años,  una persona con un nivel de discapacidad del 33% o superior o una persona en situación de dependencia en Grado II y III. Estas circunstancias no estaban contempladas en la anterior regulación del bono.



El Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO) está coordinándose con administraciones y entidades del Tercer Sector para que la ayuda que representa el bono social eléctrico llegue a los hogares en riesgo de pobreza energética y, en este sentido, está revisando las solicitudes que no ha sido atendidas por no cumplir los criterios establecidos. Hasta el momento, en torno a tres de cada cuatro solicitudes completas de bono social han derivado en la concesión del  bono.

Estrategia contra la pobreza energética

El Gobierno trabaja en una Estrategia contra la Pobreza Energética para que la maquinaria del Estado responda a esta cuestión de forma integral, estableciendo objetivos de reducción. Hasta el próximo 17 de enero, el MITECO tiene disponible en su web (www.miteco.gob.es) un acceso público directo para que ciudadanos, organizaciones y asociaciones hagan sus aportaciones, que serán analizadas y tenidas en cuenta con el objetivo de enriquecer el documento.

La consulta se estructura a través de cuatro cuestiones abiertas donde se pregunta  sobre qué factores deben tenerse en cuenta para identificar las situaciones de pobreza energética y cómo deberían participar administraciones y empresas para llevar a cabo la Estrategia. También se pregunta si el bono social eléctrico y el nuevo bono térmico deben mantenerse en los términos actuales o hay que reformarlos en algún aspecto, y se solicita opinión sobre qué medidas de eficiencia energética tendrían mayor incidencia a la hora de aliviar la pobreza energética. Para concluir se ofrece la posibilidad de expresar cualquier otra idea enfocada a mejorar la próxima Estrategia Nacional contra la Pobreza Energética.

Fuente: Moncloa

master-inmobiliario-eis-1

                                           Máster en Derecho Inmobiliario de EIS

 

Click para comentar
0 Comentarios
Inline Feedbacks
View all comments

Última hora jurídica



Recibe nuestra newsletter de forma gratuita