Connect with us
Jurisprudencia

Improcedente el despido de un trabajador de una notaría por no superar el periodo de prueba, aunque llevaba prestando servicios allí desde hacía 16 años

No puede establecerse un periodo de prueba para aquellos trabajadores que ya han prestado servicios con anterioridad en la empresa, aunque se cambie de empleador

(Imagen: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 5 min



Jurisprudencia

Improcedente el despido de un trabajador de una notaría por no superar el periodo de prueba, aunque llevaba prestando servicios allí desde hacía 16 años

No puede establecerse un periodo de prueba para aquellos trabajadores que ya han prestado servicios con anterioridad en la empresa, aunque se cambie de empleador

(Imagen: E&J)

La empresa no puede imponer un periodo de prueba a un trabajador que ya ha prestado los mismos servicios anteriormente en esa mercantil, aunque se haya cambiado de empleador. Pues, cuando hay una sucesión empresarial, es nulo que la empresa entrante pacte un periodo de prueba con un empleado de la empresa saliente.

Así lo ha dictaminado el Tribunal Supremo en una sentencia en la que se discutía si cuando un notario se traslada de destino y otro notario toma posesión de esa misma notaría, se produce una sucesión de empresas y si es posible que el nuevo notario adjudicatorio de la plaza puede pactar un periodo de prueba con los trabajadores que ya prestaban servicios en dicha notaria.

Global IA

Según consta en  el fallo judicial (disponible en el botón ‘descargar resolución’), un trabajador que había prestado servicios en una notaría en la Comunidad de Madrid desde el año 2004 por cuenta de los diferentes notarios que habían venido ocupando tal plaza durante los sucesivos periodos, fue despedido en 2020 por no superar el periodo de prueba.

...

Suscríbete a nuestra
NEWSLETTER

logo-EJ

CONTENIDO EXCLUSIVO PARA SUSCRIPTORES

BUSINESS MENSUAL
14,99€ ELEGIR PLAN
Pago mensual
BUSINESS ANUAL
149€ ELEGIR PLAN
Pago único
  • telegram

SUSCRÍBETE A NUESTRA NEWSLETTER

  • tiktok

Copyright © 2026 , powered by Economist & Jurist.