En caso de reembolso anticipado de una hipoteca, se puede recuperar parte de la comisión de apertura, sentencia el TJUE
Los dos requisitos son que el consumidor no ha sido informado de que no depende de la duración del contrato, y cuando la haya abonado mediante un pago único al celebrarlo
El abogado José Luis Ortiz, especializado en derecho bancario, analiza la sentencia en 'Economist & Jurist'. (Imagen: E&J)
En caso de reembolso anticipado de una hipoteca, se puede recuperar parte de la comisión de apertura, sentencia el TJUE
Los dos requisitos son que el consumidor no ha sido informado de que no depende de la duración del contrato, y cuando la haya abonado mediante un pago único al celebrarlo
El abogado José Luis Ortiz, especializado en derecho bancario, analiza la sentencia en 'Economist & Jurist'. (Imagen: E&J)
El consumidor puede recuperar una parte de la comisión vinculada a la concesión de una hipoteca si no ha sido informado de que la comisión no depende de la duración del contrato y cuando el consumidor la haya abonado mediante un pago único al suscribirlo. Así lo ha dictaminado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
«Esta sentencia es un pelotazo, sumamente beneficiosa para los consumidores», declara a Economist & Jurist el abogado José Luis Ortiz Miranda, socio-director de Bufete Ortiz Abogados, de Cádiz, especializado en derecho bancario.
Y pone el ejemplo de que «alguien que contrata una hipoteca para la adquisición de una vivienda con una duración de 20 años, con una comisión de apertura del 1% sobre la cantidad financiada –que sería un millón y la comisión, por tanto, de 10.000 euros–, al décimo año, justo a la mitad del contrato, cancela anticipadamente, le tienen que devolver 5.000 euros de la comisión de apertura, según esta sentencia».
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